SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 113844 del 01-12-2020 - Jurisprudencia - VLEX 855398277

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 113844 del 01-12-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha01 Diciembre 2020
Número de expedienteT 113844
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Ibagué
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP11000-2020



EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente


STP11000-2020

Radicación nº 113844

Acta 256



Bogotá D.C., primero (1º) de diciembre de dos mil veinte (2020).



ASUNTO


Se pronuncia la S. acerca de la impugnación formulada por el accionante YEISON ROMERO PARRA, a través de apoderado, contra el fallo de 6 de noviembre de 2020, a través del cual, la S. Penal del Tribunal Superior de Ibagué le negó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad e identidad cultural, presuntamente vulnerados por el Juzgado 2º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad.


PROBLEMA JURÍDICO A RESOLVER


Refirió el accionante que sus derechos fundamentales habían sido vulnerados por el mencionado juzgado al negarle la solicitud que presentó para disponer su traslado y cumplimiento de pena en el resguardo indígena El Diamante.



ANTECEDENTES PROCESALES


Mediante auto de 26 de octubre de 2020 la S. Penal del Tribunal Superior de Ibagué avocó conocimiento de la acción y ordenó correr traslado de la demanda al juzgado accionado con el fin de garantizarle sus derechos de defensa y contradicción.



RESULTADOS PROBATORIOS


El Juzgado 2º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué sostuvo que con auto de 20 de agosto del año en curso negó al accionante su traslado al resguardo indígena luego de advertir que «la conducta ejecutada no estuvo motivada en la diversidad sociocultural del sentenciado, que se trató de un delito común, pero sobre todo en aras de no enviar un mensaje de impunidad a la víctima y a la sociedad».


Que contra la anterior decisión ROMERO PARRA presentó recurso de reposición y en subsidio apelación, no obstante, resolvió declararlos desiertos por no atacar los razonamientos de la misma.

FALLO IMPUGNADO


La S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué consideró que como al accionante le fue declarado erróneamente desierto su recurso de apelación, lo procedente era conceder el amparo para que el Juzgado 2° de Ejecución de Penas demandando se pronunciara de nuevo frente al recurso en los términos del auto CSJ AP4870-2017 de esta S.. De esa manera, agregó, el actor podrá acudir al recurso de queja de encontrarlo necesario.



LA IMPUGNACIÓN


Notificado del contenido del fallo, el apoderado del accionante lo impugnó alegando que la solicitud de amparo no se dirigió contra la declaratoria de desierto de su recurso...

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