SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 113373 del 05-11-2020
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | T 113373 |
Número de sentencia | STP11157-2020 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Ibagué |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 05 Noviembre 2020 |
Eyder Patiño Cabrera
Magistrado Ponente
STP11157-2020
Radicación n.° 113373
Acta n.° 240
Bogotá, D.C., cinco (5) de noviembre de dos mil veinte (2020)
ASUNTO
Se resuelve la impugnación presentada por Daniel Alberto Montaña Guarnizo frente a la sentencia proferida el 8 de septiembre de 2020 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, mediante la cual declaró improcedente la tutela interpuesta contra el Juzgado 4º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
ANTECEDENTES
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Hechos y fundamentos de la acción
1.1. De acuerdo con la información obrante en el expediente se extrae que el 12 de septiembre de 2018 el Juzgado 1º Penal del Circuito Especializado de Ibagué condenó a Daniel Alberto Montaña Guarnizo a 49 meses de prisión por la comisión del delito de concierto para delinquir y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, ambos en circunstancia de agravación. Asimismo, le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.
1.2. El sentenciado solicitó la prisión domiciliaria transitoria ante el Juzgado 4º de Ejecución de Penas de esa ciudad.
1.3. Ante la alegada falta de pronunciamiento sobre dicho requerimiento, Montaña Guarnizo presentó acción de tutela por la vulneración de sus derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
LA SENTENCIA IMPUGNADA
La Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué declaró improcedente el amparo al considerar que durante el trámite de primera instancia la autoridad judicial accionada procedió a resolver de fondo la solicitud presentada por la parte accionante, configurándose de esta forma un hecho superado por carencia actual de objeto.
LA IMPUGNACIÓN
Daniel Alberto Montaña Guarnizo presentó memorial con el que señaló que el Juzgado demandado debió acceder a sus pretensiones encaminadas a que se concediera la prisión domiciliaria transitoria, pues se trata de una persona enferma que debe estar purgando la pena en su lugar de residencia.
CONSIDERACIONES
1. Problema jurídico
Corresponde a la Sala determinar si la autoridad demandada vulneró los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia del interesado, ante la alegada falta de pronunciamiento sobre la solicitud de prisión domiciliaria transitoria.
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