SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 114178 del 09-12-2020 - Jurisprudencia - VLEX 855686575

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 114178 del 09-12-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP12097-2020
Número de expedienteT 114178
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha09 Diciembre 2020

Tutela 114178

CLARIBEL G.M.

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS #2



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado Ponente



STP12097-2020

Radicación #114178

Acta 264


Bogotá, D. C., nueve (9) de diciembre de dos mil veinte (2020).


VISTOS:


Resuelve la Corte la impugnación presentada por CLARIBEL G.M., por medio de apoderado, respecto de la sentencia proferida el 18 de noviembre de 2020 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que declaró improcedente la acción de tutela interpuesta contra la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué.


Al trámite fueron vinculados el Juzgado 4° Laboral del Circuito de la misma ciudad y la Administradora Colombiana de Pensiones –C.-, así como las partes e intervinientes del proceso ordinario laboral 73001310500420180003000.


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


CLARIBEL G.M. presentó demanda ordinaria laboral contra C., con el propósito de obtener el reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente respecto de Jesús Ernesto Vallejo Cuéllar, quien en vida fue su esposo.


Mediante sentencia del 8 de octubre de 2019, el Juzgado 4° Laboral del Circuito de Ibagué concedió en favor de la demandante la pretensión reclamada. Sin embargo, negó el pago de los intereses moratorios contemplados en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993, motivo por el cual, G.M. apeló la decisión.


El 22 de julio de 2020, al surtirse el grado jurisdiccional de consulta y resolver la impugnación propuesta, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué revocó la determinación adoptada en primera instancia. Al efecto, consideró que el causante no se encontraba cotizando al momento del tránsito legislativo y no contaba con las semanas de cotización requeridas al cambio de la norma, requisito indispensable, para que operara la condición más beneficiosa.


Según informó la parte actora, el 28 de julio de 2020 interpuso recurso extraordinario de casación en contra de la sentencia del Tribunal, no obstante, pasados más de 3 meses «aun no aparece siquiera la información en el sistema sobre mi recurso».


Finalmente, especificó la recurrente que a sus 59 años de edad se encuentra en una condición precaria de salud y económica. Así, aseguró que ante la imposibilidad de disfrutar la pensión de sobreviviente a la que tiene derecho, se ha visto obligada a emplearse en casas de familia lavando y planchando por días, para costear los gastos de alquiler de una habitación y...

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