SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 91309 del 02-12-2020 - Jurisprudencia - VLEX 855686623

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 91309 del 02-12-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha02 Diciembre 2020
Número de expedienteT 91309
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Bucaramanga
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL11011-2020


F. CASTILLO CADENA

Magistrado ponente


STL11011-2020

R.icación n.° 91309

Acta 45


Bogotá D. C., dos (2) de diciembre de dos mil veinte (2020)


Decide la Sala la impugnación interpuesta por YURLEY CECILIA MORALES HERNÁNDEZ contra el fallo del 13 de noviembre de 2020 proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B., dentro del acción constitucional que promovió contra el JUZGADO QUINTO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, trámite al que se vinculó al COLEGIO LA QUINTA DEL PUENTE CORPORACIÓN EDUCATIVA.


I. ANTECEDENTES


La parte actora acudió a este procedimiento excepcional en procura de que se le ampararan sus derechos fundamentales al debido proceso, mínimo vital, acceso a la administración de justicia y dignidad humana, presuntamente transgredidos por la autoridad judicial accionada.


Manifestó que, a través de apoderado judicial, presentó una demanda ordinaria laboral en contra del Colegio La Quinta del Puente, que correspondió por reparto al Juzgado Quinto Laboral del Circuito de B. que, después de surtido el trámite de rigor, en providencia del 27 de septiembre de 2018, declaró probada la excepción propuesta por la pasiva de inexistencia de la obligación.


Expuso que, la anterior determinación fue apelada, por lo que la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B., en sentencia del 18 de septiembre de 2019, revocó parcialmente el fallo de primera instancia, en el sentido de modificar lo señalado en el numeral segundo del mismo, pues en su lugar, dispuso declarar a la pasiva responsable a título de culpa por la causación de la enfermedad laboral estructurada el 28 de junio de 2017 y, producto de esto, la condenó al pago de la indemnización plena de perjuicios.


Adujo que interpuso recurso extraordinario de casación contra la sentencia de segunda instancia, que se concedió por auto del 13 de enero de 2020, decisión contra la cual la demandada presentó reposición, por ello, a través de proveído del 4 de febrero del presente año, el ad quem cambió su decisión y no concedió la casación, procediendo la actora a radicar reposición y en subsidio queja.


Narró que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de B., en determinación del 11 de marzo de 2020, ordenó no reponer la decisión anterior y ordenó el envío del expediente a la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para que se resolviera la queja.


Contó que, la Institución Educativa demandada, mediante memorial del 19 de octubre de 2020, informó al Juzgado Quinto Laboral del Circuito de B. el pago de la condena y las costas judiciales, razón por la que por intermedio de su apoderado judicial, Morales Hernández solicitó el pago del título judicial mediante transferencia electrónica.


Expuso que, por auto del 28 de octubre de 2020, el juzgado accionado ordenó la expedición de los títulos judiciales solicitados; posteriormente, el...

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