Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 16 de Febrero de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 220526574

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 16 de Febrero de 2010

Fecha16 Febrero 2010
Número de expediente38982
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

MAGISTRADO PONENTE E.L.V. Referencia: Expediente No.38982 Acta No. 04

Bogotá D.C., dieciséis (16) de febrero de dos mil diez (2010) Resuelve la Corte el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida el 22 de agosto de 2008 por la Sala Primera de Descongestión Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Barranquilla, en el proceso seguido por NORMAN ENRIQUE RIVERA VALENCIA contra SUPERTIENDAS Y DROGUERÍAS OLÍMPICA S.A. l-. ANTECEDENTES En lo que interesa a los efectos de la presente decisión, basta señalar que el demandante pretende que se declare que su contrato de trabajo terminó por despido injusto, y, en consecuencia, se ordene su reintegro al mismo cargo que ocupaba al momento del despido con los salarios correspondientes, con base en el Decreto 2351 de 1965. En el evento de que se considere que no procede el reintegro, se condene a la demandada al pago de la indemnización por despido injusto; y, en razón al tiempo de servicio y al despido injusto, se le reconozca la pensión de jubilación al momento que este cumpla 50 años de edad hasta cuando la asuma el ISS o el fondo correspondiente; y al pago de los salarios moratorios, en defecto del reintegro.

Como fundamento de sus pretensiones, manifiesta el demandante que entre las partes se celebró un contrato de trabajo a término indefinido desde el 4 de diciembre de 1980 hasta el 17 de julio de 2000, para un total de 19 años, 7 meses, 13 días, ocupando el cargo de jefe de bodega. El contrato lo terminó el empleador alegando justa causa. El salario promedio devengado para el momento del despido era $652.988.41 y tenía como sueldo básico $409.267.76. Los hechos alegados como justa causa por el empleador, supuestamente, ocurrieron dos meses antes de la fecha del despido. El despido se llevó a cabo sin las formalidades legales para los casos de faltas graves realizadas por el trabajador y, sobre todo, sin el debido sustento en razón a que se alegan unos faltantes de inventarios, cuando nunca se entregaron, bajo inventario, las mercancías de bodega, como tampoco se recibió bajo inventario. Destaca que el trabajador nunca fue la única persona con acceso a la bodega, a las mercancías contenidas en ellas, al igual que a los sistemas de seguridad de la bodega. Por último, manifiesta que siempre fue cumplidor de su deber, lo que considera demostrable con el tiempo de servicios que completó.

El juez de...

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