Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Junio de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 214176167

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Junio de 2010

Fecha23 Junio 2010
Número de expediente33957
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso n.º 33957

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente:

Dr. S.E.P.

Aprobado Acta N° 198.

Bogotá, D.C., veintitrés de junio de dos mil diez.

V I S T O S

La Corte resuelve el recurso de reposición interpuesto por el defensor del requerido en extradición F.A.M.R., contra el proveído del 27 de mayo del año en curso, por medio del cual se negaron las pruebas por él solicitadas. EL AUTO RECURRIDO En la providencia impugnada, la Corte negó las solicitudes probatorias de la defensa, pues, determinó que ninguno de los elementos de juicio deprecados, aludía los fundamentos del concepto a su cargo, esto es, la validez formal de la documentación presentada, la demostración de la plena identidad del requerido, el principio de la doble incriminación o la equivalencia de la providencia proferida en el extranjero. En efecto, estableció que dicha petición probatoria apuntaba a comprobar si su representado se dedicaba a actividades lícitas y a discutir el soporte probatorio de la investigación adelantada por las autoridades americanas, es decir, clara resultaba su pretensión de desvirtuar los supuestos fáctico y probatorio de la acusación foránea. A. efecto, la Corte consideró que la verificación de la actividades comerciales y sociales del reclamado, se tornaba impertinente, ya que con ello apuntaba el defensor a desestimar su responsabilidad, lo cual es ajeno al trámite. Y, frente a la corroboración del fundamento probatorio de la pieza acusatoria extranjera, se insistió en que dicho ejercicio, ajeno a la competencia de la Sala, correspondía desplegarlo el interesado ante la justicia americana, en donde podía aducir los medios de convicción que estimase necesarios para sostener tesis defensivas o exculpativas. LA IMPUGNACIÓN Sostiene el recurrente que en la decisión impugnada, "de plano se observa que no existe una debida fundamentación fáctica y jurídica", luego de lo cual critica la postura asumida por la Sala en lo concerniente al trámite de extradición, puesto que se limita a verificar la concurrencia de unos requisitos, "sin que se realice una verdadera búsqueda de argumentos probatorios por parte del requirente, que sin una sola prueba sumaria ya se lleva a personas a otro país vulnerando todos los derechos fundamentales". No concibe, entonces, "que el órgano encargado constitucionalmente de defender a sus conciudadanos, no lo haga". Así, insistiendo en que hubo una "vaga" argumentación, señala que no...

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