Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 7 de Octubre de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 69231130

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 7 de Octubre de 2009

Fecha07 Octubre 2009
Número de expediente32655
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso No 32655

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

YESID RAMÍREZ BASTIDAS

Aprobado Acta Nº 321

Bogotá, D.C., octubre siete (7) de dos mil nueve (2009). VISTOS:

Decide la Sala la solicitud de cambio de radicación formulada por L.F.T.N., en su calidad de víctima y parte civil dentro del proceso que se adelanta en el Juzgado Primero o Segundo Penal del Circuito de Espinal contra J.F.R.S. a quien se le imputó los delitos de homicidio en grado de tentativa y porte ilegal de armas y está pendiente el fallo de primera instancia por haber aceptado los cargos y acogido al trámite de sentencia anticipada.

FUNDAMENTOS DE LA PETICIÓN:

  1. - La razón invocada está referida a la existencia de circunstancias que pueden afectar la seguridad o integridad personal de los sujetos procesales o de los funcionarios judiciales a que alude el artículo 85 de la ley 600 de 2000, y la solicitud directa a esta Corporación es para que se disponga el cambio de radicación.

  2. - Afirmó que en la Fiscalía 6 Especializada de Ibagué se tramita la investigación identificada con el radicado No 117.367 y 231.811 en los cuales es víctima por hechos ocurridos el 28 de agosto de 2002 en Espinal (T), cuando integrantes de las AUC del Bloque Tolima acudieron a su oficina de abogado y atentaron contra su vida.

  3. - Referenció que el desmovilizado J.F.R.S. alias "Mono Miguel" se sometió a sentencia anticipada en octubre 7 de 2008 y en agosto 12 de 2009 se le practicó diligencia de formulación de cargos por homicidio en grado de tentativa y porte ilegal de armas, pero que él en la etapa del juicio "solicitará la variación de calificación" para que se incluyan los delitos de concierto para delinquir agravado, desplazamiento forzado y lesiones personales, ello teniendo en cuenta que la Sala Penal de la Corte declaró la nulidad de lo actuado en el proceso de alias "El Loro".

  4. - Afirmó que en junio de 2009 fue asesinado en la Penitenciaria Nacional de la Picota D.J.M.G. alias "D." quien era el comandante del Bloque Tolima de las Auto-Defensas, el cual iba a declarar "para confesar los hechos delictivos consumados contra su integridad personal", y que según versiones recientes fue asesinado R.F.P. otro testigo y ex-integrante de ese grupo ilegal armado quien ya había declarado en el proceso 231.811.

  5. - No obstante que el 15 de diciembre de 2008 el Ministerio del Interior y de Justicia...

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