Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 20 de Enero de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 77759246

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 20 de Enero de 2010

Fecha20 Enero 2010
Número de expediente33286
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso n° 33286CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO

Aprobado acta No. 7

B.D.C., veinte (20) de enero de dos mil diez (2010)

VISTOS

Se pronuncia la Corte en relación con la admisibilidad de la demanda de casación excepcional instaurada por el representante de la parte civil contra la sentencia absolutoria del once (11) de agosto de dos mil nueve (2009) proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en virtud de la que confirmó el fallo proferido en primera instancia el 12 de septiembre de 2008 por el Juzgado Noveno Penal del Circuito de la misma ciudad.

HECHOS

Fueron referidos por el Tribunal así:

"Los hechos a los cuales se refiere la presente actuación, tuvieron ocurrencia hacia las 14:00 horas de la tarde del 23 de febrero de 2004, en la carrera 36 con calle 96, sector de San Pablo del barrio M. de esta ciudad, cuando el microbús de placa TPL 718 afiliado a la empresa Combuses, conducido por A.P.V., intentaba orillarse para hacer una parada, en atención a la solicitud de un pasajero que se iba a bajar, cuando J.C.M.M. (de 14 años de edad), quien iba como pasajero, saltó del vehículo, con tan mala suerte que se enredó, siendo arrollado por las llantas traseras del bus, sufriendo heridas de tal magnitud que le ocasionaron inmediatamente la muerte".ACTUACIÓN PROCESAL

El 1° de diciembre de 2006, la Fiscalía Ciento Veinticinco de la Unidad Seccional de delitos contra la vida y la integridad personal de Medellín profirió resolución de acusación contra A.A.P.V., por el delito de homicidio culposo. (Folios 138 " 146 / 2).

El Juzgado Noveno Penal del Circuito de Medellín profirió sentencia absolutoria el 12 de diciembre de 2008 (folios 212 " 219 / 2).

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín confirmó la sentencia el 11 de agosto de 2009 (folios 241 - 257 / 2).

LA DEMANDA

El representante de la parte civil interpuso de forma oportuna la demanda de casación excepcional contra la sentencia de segunda instancia; argumentó que se hace necesario el desarrollo de la jurisprudencia en aquellos casos en donde la creación de un riesgo antijurídico (conducir un vehículo de servicio público con la puerta abierta) teniendo la posición de garante, posibilita la auto puesta en peligro inconsciente de una persona con responsabilidad limitada, por tratarse de un menor de...

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