Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 14 de Septiembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 250450946

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 14 de Septiembre de 2010

Fecha14 Septiembre 2010
Número de expediente49855
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No. 291

Bogotá, D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil diez (2010).

VISTOS

Se pronuncia la Sala en relación con la impugnación presentada por el apoderado de J.P.A.L., contra el fallo proferido el 2 de agosto de 2010, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, a través del cual negó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la libertad personal y al principio de legalidad, que estima le fueron vulnerados por la Fiscalía 63 Seccional y el Juzgado 18 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de la misma ciudad.

ANTECEDENTES
  1. Refiere el apoderado del demandante, que éste fue detenido el 14 de diciembre de 2009, realizándosele imputación por el delito de porte, tenencia y tráfico de estupefacientes, al cual se allanó, lo que motivó que el asunto se remitiera al Juez 18 Penal del Circuito de Cali.

    Expone que en defensa de los derechos de su poderdante, elevó una solicitud en el sentido de que adelantara las diligencias pertinentes a fin de que se surtiera una audiencia preliminar de libertad por términos vencidos.

    Afirma que según la Fiscalía, desde muchos meses atrás solicitó ante el juez de conocimiento que ordenara y surtiera la audiencia de individualización de la pena, pero hasta el 14 de junio del año en curso, no habían decretado fecha ni hora para la realización de la misma, encontrándose su poderdante detenido más allá y por encima del tiempo permitido por la ley para proferir el fallo.

  2. El Tribunal de instancia, avocó el conocimiento de la demanda y ordenó correr traslado a las autoridades judiciales accionadas para que ejercieran el derecho de contradicción.

    2.1. El Juez 18 Penal del Circuito de Cali, expone que ese despacho conoce de la individualización de pena y sentencia por el delito de tráfico de estupefacientes, donde el imputado es el ciudadano J.P.A.L., actuación que le fue asignada el 1º de junio de 2010.

    Sostiene que del asunto conocía anteriormente el Juzgado 22 Penal del Circuito de Cali, por reparto del 15 de enero de 2010.

    Afirma que para llevar a cabo la realización de la audiencia, fijó el lunes 26 de julio a las 3 de la tarde.

    Indica que ese despacho no es competente para conocer de peticiones de libertad provisional, pues ello le corresponde al juez de control de garantías.

    2.2. El Fiscal 63...

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