Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Diciembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 250467402

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Diciembre de 2010

Fecha15 Diciembre 2010
Número de expediente51792
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

-SALA DE DECISION EN TUTELA-

Magistrado Ponente

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO

Aprobado Acta No. 423

Bogotá, D.C., quince (15) de diciembre de dos mil diez (2010)

VISTOS

Se pronuncia la Sala en relación con la demanda de tutela presentada por J.A.Á.C., a nombre propio, contra el Juzgado Doce Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín, a cuyo trámite se impuso la vinculación oficiosa de la Sala Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa.

ANTECEDENTES
  1. Los hechos objeto del proceso penal fueron reseñados por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín[1], así:

    "Los hechos que dieron origen a esta actuación ocurrieron el 12 de junio de 2008, cuando el vehículo de placa AEA 187, fue cargado con licor en la ciudad de Medellín con destino al Urabá, pero nunca llegó. Dicho rodante era conducido por el acusado, de quien no se volvió a saber nada; 11 días después apareció el vehículo sin carga y en estado de deterioro."

  2. Habiéndose formulado acusación en contra de J.A.Á.C. y agotada la fase del juicio oral, el Juzgado Doce Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín mediante sentencia del 27 de agosto de 2007, lo condenó a la pena principal de 98 meses de prisión como autor responsable del delito de hurto calificado, así como a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un tiempo igual.

  3. Apelada tal determinación por la defensa y el procesado "invocando la duda a favor del sentenciado, la errónea calificación de la conducta y la valoración de los antecedentes penales existentes para efectos punitivos-, la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín impartió su confirmación en providencia del 30 de octubre de 2009.

  4. J.A.Á.C. en procura de protección a sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa, acudió a la acción de tutela indicando que su pena fue incorrectamente individualizada, comoquiera que se consideró un antecedente penal que a la fecha de comisión de los hechos no registraba.

    Por lo anterior solicitó "que el juez corrija la individualización de la pena en mi contra. Que realmente se fije la pena dentro del 1° cuarto mínimo; y que se revise en mi caso la aplicabilidad que se le dio al Art. 37 de la ley 1144/07."[2]

    1. RESPUESTAS

    La Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín indicó que mediante proveído del 30 de octubre de 2009 resolvió el recurso de apelación presentado, en el cual no se hizo referencia al instituto de que trata el artículo 63 del C.P.

CONSIDERACIONES

Es competente la Sala para conocer del presente asunto conforme lo dispuesto por el Decreto 1382 de 2000 toda vez que en el ataque del...

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