Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 5 de Agosto de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 250480190

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 5 de Agosto de 2010

Fecha05 Agosto 2010
Número de expediente49572
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. S.E.P.

Aprobado Acta No. 252. B.D.C., cinco de agosto de dos mil diez.

VISTOS

Se decide la impugnación promovida por el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD DAS, contra el fallo de tutela proferido por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ el 21 de julio de 2010, mediante el cual tuteló al señor J.A.G.C. su derecho fundamental de petición al encontrarlo vulnerado por aquél organismo.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN Y ANTECEDENTES

  1. Los hechos que motivaron la solicitud de amparo constitucional fueron reseñados en el fallo impugnado de la siguiente manera:

    "Se extracta de las diligencias que el accionante solicitó al ente demandado la expedición de su certificado judicial y en él aparece que "registra antecedentes, pero no es requerido por autoridad judicial", al tiempo que le informaron que dicha anotación es consecuencia de un proceso tramitado en el Juzgado 15 Penal Municipal de Conocimiento, en donde le certificaron que en efecto, allí se adelantó el asunto No. 2008-03697 por un delito contra el patrimonio económico, en contra de J.A.G.G., indocumentado, por lo cual el aquí accionante, J.A.G.C. identificado con C.C.N. 1.010.192.845 de Bogotá no es requerido dentro de ese diligenciamiento. Señala que con dicha Constanza se dirigió nuevamente al D.A.S. a solicitar su certificado judicial; sin embargo, en el sistema de ese organismo continúa registrando el antecedente, por lo cual solicitó la intervención de la Defensoría del Pueblo a efectos de que clarificaran su situación y eliminaran esa anotación; entidad que mediante escrito del 2 de junio de 2010, requirió al accionado para que le otorgara una solución de fondo al actor, sin que a la fecha de interposición de la acción de tutela, se le hubiese suministrado respuesta.

  2. Durante el trámite de la acción constitucional en primera instancia, intervino el organismo accionado, cuya respuesta fue sintetizada por el a quo así:

    Indica que consultados los archivos sistematizados de esa entidad, se verificó que a nombre del actor figura un registro "negativo". Aclara que en anterior oportunidad sí existió una anotación como indocumentado, pero la misma fue descartada por orden judicial, en virtud del oficio No. 21023 del 26 de marzo de 2009 procedente del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de esta ciudad.

    Respecto de la solicitud de la Defensoría del Pueblo, informa que la misma fue resuelta mediante oficio No 510574 del 8 de junio de 2010, dirigido a la dirección del accionante y remitida igualmente a la mencionada entidad, en el que se le indicó que el registro que de él aparece en la base de datos de esa institución, fue actualizado oportunamente, efectuando las modificaciones y aclaraciones correspondientes con fundamento en la información suministrada por el Centro de Servicios Judiciales y se le allegó copia de su certificado judicial en el que aparece que no registra antecedentes; sin embargo, dicha respuesta su devuelta por la oficina de correos con fundamento en la causal "rehusado".

  3. En el fallo impugnado, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR