Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº 200502385-01 de 18 de Enero de 2006
Fecha | 18 Enero 2006 |
Número de expediente | 200502385-01 |
Materia | Derecho Civil |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Sala de Casaci"n Civil
Magistrado Ponente:
M.I.A.V."squez B." D.C., dieciocho (18) de enero de dos mil seis (2006). Ref.: expediente No. 200502385-01
Dec"dese la impugnaci"n formulada por R. de Jes"s R."guez F. contra el fallo de 31 de octubre de 2005, proferido por la Sala de Casaci"n Penal de la Corte Suprema de Justicia, en el tr"mite de la tutela promovida por el impugnante contra la sala penal del tribunal superior del distrito judicial de Tunja y el juzgado 4" de ejecuci"n de penas y medidas de seguridad de la misma ciudad.
Aduciendo vulneraci"n de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y a la favorabilidad, el accionante solicita dejar sin efecto los autos proferidos por los funcionarios accionados el 17 de mayo y el 21 de septiembre de 2005, por medio de los cuales se neg" y confirm" la petici"n de disminuci"n hasta la mitad de la pena en cumplimiento de la ley 906 de 2004, y consecuentemente que se d" aplicaci"n a la misma.
Comenta que fue condenado en sentencia anticipada por el juzgado 4" penal del circuito especializado de Bogot" a 18 a"os y 4 meses de prisi"n, por los delitos de concierto para delinquir, homicidio agravado, hurto calificado agravado en la modalidad de tentativa y porte ilegal de armas de fuego de defensa personal. Al entrar en vigencia la ley 906 de 2004, consider" que la disminuci"n hasta la mitad de la pena que por la aceptaci"n de cargos consagra el nuevo estatuto pod"a aplic"rsele en atenci"n a los principios de igualdad y favorabilidad. La petici"n que en ese sentido le elev" al juez fue denegada por auto de 17 de mayo y confirmada por el de 21 de septiembre.
El juzgado accionado solicit" que se declarara improcedente el amparo porque ya la Sala de Casaci"n Penal hab"a dilucidado el punto, negando la aplicaci"n de la ley 906 de 2004 en casos semejantes a "ste. El tribunal accionado guard" silencio.
La Sala de Casaci"n Penal, para denegar el amparo, manifest" con base en el criterio expuesto en asunto id"ntico al que ahora se examina, que cuando un problema jur"dico admite varias y diferentes soluciones, todas v"lidas, la selecci"n que el juez hace de una de ellas no puede ser reprochada a trav"s de la acci"n de tutela, porque afectar"a la independencia y la autonom"a que a la funci"n judicial le reconocen los art"culos 228 y 230 de la Constituci"n Pol"tica. Desde luego, ninguna de esas varias posibilidades hermen"uticas puede...
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