Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº 7600122030002006-00336-01 de 23 de Agosto de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 44015427

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº 7600122030002006-00336-01 de 23 de Agosto de 2006

Número de expediente7600122030002006-00336-01
Fecha23 Agosto 2006
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

Magistrado Ponente:

JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR

Bogot", D.C., veintitr"s (23) de agosto de dos mil seis (2006)

Discutido y aprobado en Sala realizada el 16-08-06

Ref: Exp. No. T-7600122030002006-00336-01

Dec"dese la impugnaci"n formulada contra la sentencia dictada el 12 de julio de 2006, por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, dentro del proceso de tutela promovido por MAR"A OLIVA REYES SALAMANCA contra los JUZGADOS PRIMERO CIVIL MUNICIPAL y PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, tr"mite al que fueron vinculados los acreedores concordatarios. ANTECEDENTES

  1. - La actora actuando en causa propia, instaur" acci"n de tutela para que mediante el amparo de su derecho constitucional fundamental al debido proceso, se ordene la suspensi"n, terminaci"n y nulidad de lo actuado en el proceso ejecutivo hipotecario instaurado por la Corporaci"n de Ahorro y Vivienda Ahorram"s hoy Banco Av Villas de conformidad con el art"culo 42, par"grafo 3, de la Ley 546 de 1999.

  2. - En apoyo de la petici"n dice la actora que:

    2.1.- Suscribi" con la referida corporaci"n, el 18 de noviembre de 1999, pagar" por la suma de $2'746,148.14 equivalentes a 1.321,3244 Upacs con el fin de tener vivienda de inter"s social, cr"dito que pag" cumplidamente hasta marzo de 1998.

    2.2.- Se inici" proceso ejecutivo con t"tulo hipotecario en su contra, en el Juzgado Primero Civil Municipal, siendo registrado el embargo del inmueble objeto del proceso el 9 de febrero de 1999.

    2.3.- Paralelo a ello, solicit" a la entidad ejecutante, la refinanciaci"n de la deuda, posteriormente la condonaci"n de la deuda y tambi"n manifest" su deseo de acogerse a la reliquidaci"n, pero todas fueron negadas.

    2.4.- En el Juzgado Primero Civil del Circuito, donde se tramita proceso concordatario, se radic" un oficio con una reliquidaci"n del cr"dito y el 17 de noviembre de 2004, en el acta de la audiencia final, se decidi" la liquidaci"n del proceso mediante el remate del apartamento que hab"a sido objeto de garant"a hipotecaria.

    2.5- El 31 de marzo de 2006, en los Juzgados Primero Civil Municipal y Primero Civil del Circuito, radic" sendas peticiones a fin de obtener la suspensi"n, terminaci"n y nulidad del proceso hipotecario iniciado por la corporaci"n aludida, de las cuales no ha recibido respuesta.

    3.- Informaron los Juzgados accionados que se inici" proceso ejecutivo hipotecario en...

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