Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 27 de Agosto de 2003
Fecha | 27 Agosto 2003 |
Número de expediente | 1100122030002003-00476-01 |
Materia | Derecho Civil |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL
Magistrado Ponente:
JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES
Bogotá, D.C., veintisiete (27) de agosto de dos mil tres (2003)
Ref.: Exp. T. No.1100122030002003-00476-01
Decídese la impugnación interpuesta contra la sentencia de 15 de julio de 2003, mediante la cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, negó la acción de tutela instaurada por G.F.B.B. contra el EJÉRCITO NACIONAL.
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G.F.B.B., actuando en nombre propio, demanda el amparo constitucional de sus derechos al debido proceso, al trabajo y a la honra, presuntamente vulnerados por el EJÉRCITO NACIONAL, en la investigación disciplinaria que adelantó en su contra; en consecuencia, se ordene a dicha institución reintegrarlo para continuar con su carrera de oficial en el mismo grado que sus compañeros, sin anotación alguna en su hoja de vida, así como seguir dispensándole tratamiento médico.
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La solicitud se funda en la situación fáctica que se sintetiza, así:
2.1 G.F.B.B. ingresó a la Escuela Militar de Cadetes "General J.M.C.", a efecto de adelantar curso para oficial, siendo ubicado en la Compañía Mosquera, Batallón de Cadetes No.2.
2.2 El accionante afirma que estando haciendo el aseo en los baños de los dormitorios de la compañía, se encontró un celular en la cesta de la basura, habiendo decidido guardar silencio mientras indagaba en la oficina de Comcel a quien pertenecía, pero que al enterarse de que era de un compañero de la compañía quien había reportado su pérdida días atrás, se asustó de que un oficial con quien había tenido inconvenientes lo sancionara, situación por la que guardó el equipo en su maleta donde fue encontrado por su dueño, al que se lo entregó conforme lo solicitó el oficial a cargo de la compañía.
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A raíz de esos hechos, el oficial que lo había amenazado, saltando el conducto regular del jefe de la compañía y sin haberlo escuchado, elaboró un informe que remitió al Comando del Batallón.
2.4 La institución accionada, con base en el mencionado informe, adelantó en contra del cadete investigación disciplinaria, en la que lo escuchó en versión libre, diligencia en la que aquél dice haber aportado pruebas sobre su inocencia que fueron desconocidas, pues en el fallo se ordenó la cancelación de la matrícula, desvinculándolo así de la Escuela Militar de C. en que adelantaba su carrera de oficial.
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La Queja.- Aduce el accionante que al...
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