Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº 05000-22-16-000-2006-00072-01 de 12 de Junio de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 44014785

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº 05000-22-16-000-2006-00072-01 de 12 de Junio de 2006

Número de expediente05000-22-16-000-2006-00072-01
Fecha12 Junio 2006
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente:

JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR

Bogotá, D.C., doce (12) de junio de dos mil seis (2006)

Discutido y aprobado en Sala realizada el 07-06-06

Ref: Exp. No. T 05000-22-16-000-2006-00072-01

Decídese la impugnación formulada contra la sentencia dictada el 2 de mayo de 2006, por la Sala Civil Agraria Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, dentro del proceso de tutela promovido por el señor J.E.R.R. contra el Juzgado Civil del Circuito de T..

ANTECEDENTES
  1. - Acusa el petente al funcionario accionado por haber incurrido en vía de hecho al aprobar el desistimiento presentado por su abogado el día 7 de marzo del 2003, dentro del proceso reivindicatorio agrario por el adelantado contra el señor A.P.P..

  2. - Aduce el actor, que sin conocer las consecuencias jurídicas que entrañaban su actuación el día 5 de marzo de 2003, junto con su abogado suscribieron un escrito dirigido al Juzgado Civil del Circuito de T., manifestando su intención de desistir del proceso ordinario referido; petición que fue aceptada por el juez en diligencia celebrada el 7 de marzo de 2003, sin reparar que su apoderado no tenía facultad para desistir, dando, en consecuencia, por terminado el proceso con condena en costas en su contra.

    2.1. Indicó, que las agencias y costas fueron aprobadas por auto del 21 de mayo de 2004 en la suma de $ 40.408.400, cifra que su abogado intentó anular por enfermedad grave, pero que, finalmente no logró por falta de pruebas.

    2.2. Que 60 días después de la fecha anterior, el señor P.P. le inició un ejecutivo por los gastos fijados en el proceso ordinario y aunque, como excepción argumento la nulidad de la actuación en el proceso reivindicatorio, la misma fue despachada desfavorablemente.

  3. Por todo lo memorado, solicita mediante esta acción dejar sin efecto "la aprobación del desistimiento, la terminación del proceso y la condena en costas que tomó (sic) en la audiencia" del día 7 de marzo de 2003"

    LA SENTENCIA IMPUGNADA

    El Tribunal consideró que el amparo solicitado resultaba improcedente, porque, en primer lugar, aunque no existe un término de caducidad de la acción de tutela no significa que la misma no deba ser interpuesta dentro de plazo razonable, razonabilidad que determina el fin mismo de la acción, cosa que en el presente caso no se verifica; en segundo lugar, porque si el apoderado no tenía...

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