Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº 110010203000200601437 de 15 de Septiembre de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 44015577

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº 110010203000200601437 de 15 de Septiembre de 2006

Fecha15 Septiembre 2006
Número de expediente110010203000200601437
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Sala de Casación Civil

Magistrado Ponente:

Manuel Isidro Ardila Velásquez

Bogotá D. C., quince (15) de septiembre de dos mil seis (2006)

Ref.: expediente No. 110010203000200601437 Decídese la acción de tutela promovida por W.L.M.M. contra La Fiscalía General de la Nación.

Antecedentes
  1. Aduciendo vulneración del derecho al debido proceso, el accionante solicita que se le reconozca una rebaja de pena por colaboración eficaz y además todo lo pactado con la fiscalía regional.

  2. Aduce que fue procesado por la otrora fiscalía regional como coautor del delito de secuestro extorsivo en el año 1993, pero con el afán de retornar al reducto familiar decidió colaborar de forma eficaz con la fiscalía; con su información se dio inicio a la apertura de la investigación y posterior sentencia condenatoria a J.V. "director del grupo Niche-, también se inició investigación o mejor prosiguió contra H. "P."H. y J.S.C.L.; hoy está condenado y requiere que le reconozcan el beneficio pactado, para ello se dirigió libelo al Juzgado 8° de ejecución de penas y medidas de seguridad, que de manera diligente se encaminó a lo solicitado por él, recibiendo como respuesta que mediante resolución el F. General de la Nación ordenó el archivo de la solicitud al no cumplir los requisitos para acceder a esa gracia; hubo falta de diligencia de quienes asesoraban al Fiscal para notificarlo a él o a su defensor sobre las decisiones en relación con el beneficio materia de este litigio; concurre a este mecanismo para menguar la pena que se le impuso.

  3. La Fiscalía General de la Nación dijo que consultados los archivos en la Secretaría Técnica de la Dirección Nacional de Fiscalías relacionadas con el registro nacional de solicitudes de acogimiento a las figuras de concesión de beneficios por colaboración eficaz con la administración de justicia, a favor del señor W.M.M. se siguió el trámite radicado bajo la partida B-1613, el cual culminó archivando dicha solicitud.

Consideraciones
  1. De inmediato salta el revés de esta queja constitucional del informe rendido por la Fiscalía General de la Nación, el cual se entiende bajo la gravedad del juramento conforme al artículo 19 del decreto 2591 de 1991, se extracta que el accionante solicitó el 16 de agosto de 1995 los beneficios por colaboración con la justicia, siendo comisionado el fiscal regional de Bogotá para evaluar preliminarmente la colaboración...

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