Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 1 de Junio de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 44191934

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 1 de Junio de 2001

Fecha01 Junio 2001
Número de expediente08001221300020010106
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Sala de Casaci"n Civil

Magistrado Ponente: M.A.V."squez Bogot" D.C., primero (1" ) de junio de dos mil uno (2001). Ref.: expediente No. 08001221300020010106 Dec"dese la impugnaci"n formulada por la Juez 4" Civil del Circuito de Barranquilla, la secretaria del mismo despacho y Jos" L.R.Z. contra el fallo de 4 de abril de 2001, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, Sala Civil - Familia, en la tutela de M. delS.M."nez B. contra el Juzgado 4" Civil del Circuito de la misma ciudad.

Antecedentes
  1. Aduciendo vulneraci"n de los derechos a la igualdad, el debido proceso y acceso a la administraci"n de justicia, la accionante pide que se anule la sentencia y los autos que afectaron sus derechos en el proceso hipotecario seguido en su contra por J."L.R.Z..

  2. Sustenta su petici"n diciendo que en el proceso aludido, donde se adjudic" el inmueble al ejecutante, se han cometido varias irregularidades, que pueden resumirse as":

  1. no se le dio tr"mite a un recurso de apelaci"n contra el auto de 18 de diciembre de 2000, pese a que se suministraron las expensas, el cual tiene que ver con la nulidad de la diligencia de remate;

  2. se realizaron las diligencias de remate y se adjudic" el inmueble al acreedor sin haberse aprobado la liquidaci"n del cr"dito, y sin estar en firme el aval"o; respecto de lo "ltimo, el ejecutante objet" el dictamen de $600'200.000,oo y alleg" varios aval"os de personas que no son auxiliares de la justicia, y el juzgado acogi" el de la Corporaci"n Inmobiliaria de Barranquilla por $285'.999.000,oo, que es el m"s bajo, sin tramitar incidente;

  3. hubo mucha celeridad para el tr"mite de los memoriales del ejecutante, que se pasaban al despacho y se resolv"an con prontitud, sin esperar algunas veces que transcurriera el t"rmino de ejecutoria de un auto o informe secretarial, ya que, entre otros actos, una solicitud de nueva fecha para remate y de reliquidaci"n de costas, presentada el 18 de septiembre de 2000, fue resuelta el mismo d"a, cuando se dict" otro auto de c"mplase sobre agencias en derecho, y al d"a siguiente se resolvi" otro memorial de igual fecha;

  4. el "ltimo abogado del ejecutante no tiene personer"a para actuar debido a que ello no se ve en el expediente y el memorial de sustituci"n no tiene presentaci"n personal;

  5. la secretaria del juzgado inform" al juzgado que el secuestre no ha hecho entrega del bien adjudicado, pero no se ha manifestado eso por el auxiliar ni la parte actora, siendo que seg"n el art. 531 del CPC el rematante es quien puede solicitar la entrega; por eso el juzgado orden" el despacho comisorio y la van a desalojar.

  1. El fallo del tribunal

    El sentenciador, para conceder el amparo, empieza por considerar que la juez y la secretar"a accionadas desconocieron el art. 120 del CPC, seg"n el cual los t"rminos deben correr en forma ininterrumpida sin pasar el expediente al despacho, en las siguientes actuaciones: el 18 de septiembre de 2000 el ejecutante pidi" nueva fecha de remate, d"a en que se fij" el 18 de octubre y se se"alaron agencias en derecho adicionales; al d"a siguiente se dio traslado de la liquidaci"n adicional del cr"dito presentada por el ejecutante en la misma fecha, y el 21 la secretar"a "da traslado de la liquidaci"n, la cual se aprueba el...

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