Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 31 de Marzo de 1998 - Jurisprudencia - VLEX 44220230

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 31 de Marzo de 1998

Número de expediente4866
Fecha31 Marzo 1998
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA

Magistrado Ponente : Dr. Jorge Antonio Castillo Rugeles

Santafé de Bogotá, D.C. treinta y uno (31) de marzo de mil novecientos noventa y ocho (1998).-

Ref. Expediente No. 4866

Decídese la impugnación interpuesta contra la sentencia de 26 de febrero del presente año, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá, por la que se denegó la acción de tutela instaurada por A.G.C., en frente de ANATILDE GONZALEZ DE CHAPARRO. ANTECEDENTES

  1. Actuando en su propio nombre, el accionante invoca el amparo constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso y a la dignidad humana, supuestamente vulnerados por la prenombrada ciudadana.

    Su petición la concreta a que se ordene a la accionada abstenerse de realizar actos que perturben sus intereses personales y humanos.

  2. Funda su solicitud en los hechos que se compendian así:

    2.1 Celebró con la accionada un contrato de arrendamiento verbal desde hace 8 años, respecto de un pequeño apartamento con servicios de garaje, teléfono (derivación), luz y agua (estos en forma proporcional), ubicado en la carrera 16 #48-67 de esta ciudad.

    2.2 En relación con los mencionados servicios, esperaba a que la arrendadora los cancelara para determinar su valor y saber cuanto le correspondía pagar, situación que se ha prolongado durante todo el transcurso del arrendamiento.

    2.3 Desde hace algunos meses, la administradora de la casa (la arrendadora reside en EE. UU.), quiere sacarlo de la misma por vías violentas, probablemente porque le parece muy poco el valor de la renta. A tal fin, le ha suprimido el servicio telefónico causándole con ello enormes perjuicios y anulándolo como abogado, amén de que, hace algunos días le cortó el servicio de agua dejándolo en la inopia humana, por lo cual tuvo que querellar policivamente a un familiar suyo al que dejó cuidando la casa, quien al enterarse de la inspección judicial que se iba a practicar, conectó el teléfono pero a los 4 días lo volvió a desconectar. Además, desde hace más de 2 años le suprimió el servicio de garaje y, ahora, un hermano suyo guarda un carro viejo que no usa.

    LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL

    El fallador a-quo, luego de reseñar los antecedentes del asunto abordó el estudio del mismo y, para ello, comenzó por indagar si la tutela procedía contra particulares, ya que la propuesta se dirigía contra una persona de tal clase.

    Al...

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