Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 14934 de 25 de Octubre de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 44015837

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 14934 de 25 de Octubre de 2006

Número de expediente14934
Fecha25 Octubre 2006
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

MAGISTRADO PONENTE E.L.V. Referencia: Tutela No. 14934

Acta No. 76

Bogotá D.C., veinticinco (25) de octubre de dos mil seis (2006).Resuelve la Corte la acción de tutela interpuesta por el representante legal del HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE CALI contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI. I-. ANTECEDENTES 1-. Se instauró la tutela por el citado hospital con el fin de obtener la protección del derecho fundamental del debido proceso, que estima vulnerado con la sentencia de 23 de junio de 2006, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, dentro del proceso ordinario laboral que le adelantó la señora L.V.H..

Como apoyo de su pedimento indicó que, L.V.H. instauró demanda ordinaria laboral contra el Instituto de Seguros Sociales y el Hospital San Juan de Dios de Cali, con el propósito de obtener el reconocimiento y pago de la indemnización por incapacidad permanente parcial, intereses moratorios, indexación, costas y agencias en derecho. La sentencia de primera instancia condenó al Instituto demandado a pagar la indemnización por incapacidad permanente parcial debidamente indexada y absolvió al hospital demandado de las pretensiones de la demanda.

El Tribunal accionado al decidir el recurso de apelación, revocó el fallo del juzgado, y en su lugar condenó al hospital demandado al pago de la indemnización por incapacidad permanente parcial, debidamente indexada, incurriendo así, en una vía de hecho, pues se equivocó en la valoración del conjunto de las pruebas del proceso, las cuales fueron la base para condenarlo en la indemnización atrás mencionada. Por lo anterior, pide que el J. constitucional "adopte la decisión pertinente para que se reestablezca el derecho vulnerado".

2-. Las partes no se pronunciaron al respecto.

IV-. CONSIDERACIONES DE LA CORTE

Se persigue en esencia con este procedimiento, que el juez constitucional deje sin efectos la sentencia de 23 de junio de 2006, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, dentro del proceso ordinario laboral de L.V.H. contra el Instituto de Seguros Sociales y el Hospital San Juan de Dios de Cali. Sin embargo, tal pretensión resulta a todas luces improcedente, pues, como lo ha sostenido esta S. en criterio uniforme y reiterado, el excepcional mecanismo de la tutela no puede utilizarse para buscar dejar sin validez sentencias o providencias judiciales como la que es objeto de cuestionamiento acá por la parte actora, por las razones que se exponen a continuación, so pena de quedar proscritos los principios de la cosa juzgada y de la autonomía de los jueces consagrados en la Carta Política: 1-. EL PRINCIPIO DE LA COSA JUZGADA

Tal como lo ha advertido la...

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