Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 25 de Mayo de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 210572463

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 25 de Mayo de 2010

Fecha25 Mayo 2010
Número de expediente28427
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE: EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS Tutela Expediente No. 28427 Acta No. 17

Bogotá D.C., veinticinco (25) de mayo de dos mil diez (2010) Decide la Corte sobre la impugnación interpuesta a través de apoderado judicial por SYSCO LTDA contra la providencia proferida por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA el 29 de abril de 2010, la cual negó la tutela propuesta por la sociedad accionante contra el JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE ZIPAQUIRÁ

I -. ANTECEDENTES

  1. A través del presente mecanismo preferente y sumario la mencionada accionante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la justicia y violación fragrante de la ley, los cuales consideró vulnerados por el juzgado accionado, con la decisión judicial proferida dentro del proceso ordinario laboral de única instancia adelantado en su contra.

    Afirma la tutelante que se adelantó en su contra por R.M.R.C., demanda ordinaria laboral de única instancia, la cual le correspondió por reparto al el juzgado accionado, despacho judicial que mediante proveído de 9 de noviembre de 2009, accedió a las pretensiones de la demandante y condenó SYSCO LTDA a pagarle salarios y acreencias laborales.

    Se duele la petente de la decisión adoptada por el juez del conocimiento, al considerar que en ella se hizo una interpretación ilegal e injusta del material probatorio arrimado al proceso, además de apartarse de la jurisprudencia, las normas y el sentido de la ley.

    Contra la anterior decisión presentó recurso de apelación, el cual le fue negado, sin tener en cuenta que luego de impartidas las condenas en su contra, el juzgado no tuvo en cuenta que la cuantificación de éstas convertían el proceso en uno de doble instancia, razón por la cual se debió conceder el recurso interpuesto, para que el superior lo resolviera en segunda instancia.

    Por lo anterior, solicita al juez de tutela, conceder el amparo impetrado y, como consecuencia de ello, se revoque la condena impuesta y se declare la ilegalidad de la sentencia.

  2. Mediante providencia de 29 de abril de 2010, la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA denegó la protección suplicada al considerar que ""El juez luego del análisis de algunos elementos probatorios estimó que en el presente caso la trabajadora estaba sujeta a la jornada máxima de trabajo y por lo mismo no podía devengar menos del salario mínimo, conclusiones que no son manifiestamente erradas porque en realidad de las pruebas puede inferirse que estaba sujeta a la jornada máxima, y por otro lado, no constituye ningún error interpretativo aseverar que cuando se cumple la jornada máxima de trabajo, la remuneración no puede ser inferior al salario mínimo".

  3. Inconforme la tutelante con la anterior decisión, la impugnó mediante escrito visible a folios 65...

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