Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 20 de Abril de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 206972859

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 20 de Abril de 2010

Número de expediente47568
Fecha20 Abril 2010
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACI"N PENAL

SALA DE DECISI"N DE TUTELAS Magistrado Ponente:

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No. 119 Bogot" D. C., veinte (20) de abril de dos mil diez (2010).VISTOS Procede la Sala a pronunciarse en relaci"n con la demanda de tutela presentada por OSCAR DAR"O SANTA L"PEZ, en contra de la Sala Penal del Tribunal Superior de Armenia y el Juzgado Segundo de Ejecuci"n de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad, en garant"a de su derecho fundamental a la libertad, que afirma le fue vulnerado como consecuencia de negarle la libertad condicional, a que considera tiene derecho por cumplir con los requisitos legales exigidos para ello.

ANTECEDENTES OSCAR DAR"O SANTA L"PEZ solicit" al Juzgado Segundo de Ejecuci"n de Penas y Medidas de Seguridad de Armenia el otorgamiento de la libertad condicional.

Tal petici"n fue resuelta de manera desfavorable en auto de 29 de enero de 2010, por no cumplir con el requisito de car"cter subjetivo, decisi"n que al ser apelada, fue confirmada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Armenia, en prove"do de 10 de marzo de 2010.LA DEMANDA Estima el accionante que con la negativa a la concesi"n de su libertad condicional por parte de las autoridades judiciales accionadas se vulnera su derecho fundamental a la libertad, pues durante la mayor"a del tiempo en que ha permanecido privado de su libertad, su conducta ha sido calificada en el grado de ejemplar, debi"ndose tener en cuenta que si bien cometi" un delito, tambi"n lo es que no es persona de alta peligrosidad o no apta para vivir en sociedad.

Sostiene que el art"culo 64 del C"digo Penal en ning"n momento establece el que se deba tener en cuenta la conducta del condenado durante el tiempo que lleve privado de su libertad; adem"s, se plantea el interrogante de c"mo puede el Gobierno rehabilitar y preparar a una persona que se encuentre privada de su libertad por haber cometido un delito castigable por la ley, si no tiene oportunidades para demostrar su rehabilitaci"n, purgando una pena sin beneficios.

Por ello, solicita que por v"a de tutela se le otorgue la libertad condicional.

TR"MITE DE LA ACCI"N

Admitida la demanda de tutela, se dispuso correr traslado a las autoridades accionadas para que ejercieran el derecho de contradicci"n y aportaran las pruebas que estimaren pertinentes, sin que para el momento de la definici"n del asunto, se hubiera recibido respuesta.CONSIDERACIONES DE LA CORTE 1. El...

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