Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 27 de Mayo de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 210576431

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 27 de Mayo de 2010

Número de expediente48284
Fecha27 Mayo 2010
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

J.L.Q.M.

Aprobado acta N° 171

B.D.C., mayo veintisiete (27) de dos mil diez (2010).V I S T O SDecide la Sala en primera instancia, la tutela interpuesta por los ciudadanos Á.S., B.J.P.B., R.H.C.M., M.A.C. MESA y A.M.M.C., contra la Fiscalía 22 Delegada ante la Unidad de Justicia y Paz y el Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz, en procura de protección para los derechos fundamentales que estiman vulnerados como consecuencia de las vías de hecho en que incurrieron las referidas autoridades.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

De la demanda de tutela, sus anexos y de otros documentos allegados al expediente se infieren los siguientes hechos:

Dentro del proceso que adelanta la Fiscalía 22 de la Unidad Nacional de Fiscalías para Justicia y Paz por hechos atribuibles a los miembros del Bloque Vencedores de Arauca de las desmovilizadas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), los postulados M.Á.M.M.M. y su hermano V.M.M.M. (fallecido) conocidos con el alias "Los Mellizos", ofrecieron con destino a la reparación de las víctimas el lote "El Bihar" ubicado en la ciudad de Bogotá en la carrera 45 No. 191-51, e identificado con la matrícula inmobiliaria No. 50N-412750, el cual indica M.Á.M.M., constituyó un pago por una deuda del narcotráfico contraída con el señor O.H.U.E..

Tal ofrecimiento se efectuó dentro de las versiones rendidas el 23 de septiembre de 2008, 22 de enero y 27 de octubre de 2009.

Surtidos los trámites pertinentes, el Magistrado de Control de Garantías del Tribunal Superior de Bogotá - Sala de Justicia y Paz, decretó el 30 de marzo de 2009 la medida de suspensión del poder dispositivo del mencionado bien, medida que fue inscrita en el Registro de Instrumentos Públicos.

Al respecto, el apoderado de la firma COLBANK S.A. BANCA DE INVERSIÓN, cuyo representante legal es el señor C.E.L.P., solicitó el levantamiento de la medida cautelar decretada, aduciendo ser el último propietario inscrito del lote en cuestión, el cual prometieron en venta a los señores L.G.R. y J.C.V., así como advirtió que no tiene relación alguna con los postulados.

Adelantada la audiencia de levantamiento de la medida y practicadas algunas pruebas, el Magistrado de Control de Garantías resolvió no acceder a tal pretensión el 3 de febrero de 2010. Decisión contra la cual el representante del COLBANK S.A. propuso recurso de apelación, habiendo desistido del mismo conforme así se declaró el 10 de mayo de 2010.

Aparece igualmente que la Fiscalía 26 de la Unidad Nacional para la Extinción del Derecho de Dominio y contra el Lavado de Activos dispuso con resolución del 26 de diciembre de 2008, la afectación de diversos bienes inmuebles una vez se acreditó documental y testimonialmente que habían hecho parte del paquete de bienes que pretendieron ser adquiridos por instrucciones específicas de D.M.G. y en cuyo frustrado perfeccionamiento intervinieron D. ÁNGEL y M.P., mediante el establecimiento de los enlaces necesarios con la firma GUVAL, de ahí que con resoluciones del 13 de enero y 23 de febrero de 2009 varios de esos bienes se pusieron a disposición de la Agente Interventora para DMG, excepción hecha de aquellos cuya ocupación física se difirió para que GUVAL saneara los problemas jurídicos que afrontan.Es así que, el mentado despacho adelanta proceso de extinción de dominio, entre otros, sobre el bien identificado con matrícula inmobiliaria No. 50N-412750, respecto del cual se decretó el embargo, secuestro y consecuente suspensión del poder dispositivo mediante resolución del 21 de julio de 2009, medida que fue inscrita en la Oficina de Instrumentos Públicos " Zona Norte de BogotáEn tales condiciones, los ciudadanos Á.S., B.J.P.B., R.H.C.M., M.A.C. MESA y A.M.M.C. promueven demanda de tutela contra la Fiscalía 22 Delegada ante la Unidad de Justicia y Paz y el Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz, en procura de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR