Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 8 de Junio de 2010
Fecha | 08 Junio 2010 |
Número de expediente | 48422 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL - SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS
Magistrado Ponente
JAVIER ZAPATA ORTIZ
Aprobada acta número 176
Bogotá. D.C., ocho (8) de junio de dos mil diez (2010)
Se pronuncia la Sala sobre la demanda de tutela interpuesta por E.R.M.P., contra la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE VALLEDUPAR, EL JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD de la misma ciudad y el JUZGADO PENAL MUNICIPAL DE EL BANCO "MAGDALENA-, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.ANTECEDENTES
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Mediante sentencia proferida el 9 de octubre de 2007 el accionante fue condenado por el Juzgado Penal Municipal del El Banco (Magdalena) a la pena principal de 8 años y 4 meses de prisión, como responsable del delito de hurto calificado y agravado, decisión contra la cual no se interpuso ningún recurso.
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Solicitó al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar la corrección del quantum de la pena impuesta, petición negada mediante auto de 23 de abril de 2009, confirmado por la Sala Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad, según proveído de 29 de septiembre del mismo año.
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Acude al juez de tutela, por considerar que el juez de conocimiento erró en la fijación de la pena, por estimar que la conducta debía tipificarse calificada y agravada, cuando en su criterio no existían elementos para proceder de tal manera, pues ""el agente tenedor es un almacén abierto al público y en ningún momento el sujeto activo entró con engaños al almacén. M. bien que el sujetó entró para hacer unas compras como cualquier persona y aprovechando el momento en que va medir una prenda en el vestier (sic) es donde camufla las otras prendas para luego salir tranquilo a su destino", razón que aunada a la cuantía de lo hurtado, que no superó los "900.000 mil pesos m/l", demuestran que la pena impuesta fue desproporcionada.
TRÁMITE Y RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES ACCIONADAS
Las autoridades accionadas, como respuesta a la demanda, remitieron copia de las decisiones cuestionadas.
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REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES
Siendo la tutela un mecanismo de protección excepcional frente a providencias judiciales, su prosperidad va ligada al cumplimiento de "ciertos y rigurosos requisitos de procedibilidad"[1] que implican una carga para el actor, no sólo en su planteamiento, sino también en su...
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