Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 18 de Marzo de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 80811378

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 18 de Marzo de 2010

Número de expediente46788
Fecha18 Marzo 2010
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 1

MAGISTRADO PONENTE

AUGUSTO J.I.G.

APROBADO ACTA No. 83

Bogotá, D.C., dieciocho (18) de marzo de dos mil diez (2010).ASUNTO

La Sala resuelve la impugnación formulada por la apoderada de la Contraloría General de Antioquia, contra el fallo de 10 de diciembre de 2009 mediante el cual la Sala de Casación Laboral negó la tutela instaurada contra la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín.

ANTECEDENTES
1. Hechos

Manifiesta el apoderado judicial de la Contraloría General de Antioquia, que presentó demanda especial de fuero sindical, solicitando permiso para desvincular a la señora M.I.T.M., servidora pública amparada con fuero sindical, en su calidad de revisora fiscal de la Asociación de Servidores Públicos de la Contraloría General de Antioquia "ASEPUCOGA".

El Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Medellín, al que correspondió el asunto por reparto, declaró probada la excepción previa de "incapacidad o indebida representación del demandante", con fundamento en que la Contraloría no contaba con personería jurídica para actuar, decisión que fue apelada por el apoderado de la entidad.

Como no el concedió el recurso, acudió a la acción de tutela, que fue resuelta conforme a sus pretensiones, y en obedecimiento a lo dispuesto por el Juez Constitucional, el Tribunal Superior de Medellín desató el recurso de alzada el 12 de noviembre de 2009, confirmando la decisión del A quo.

Ahora acude a la tutela, para que se tutelen los derechos al debido proceso, igualdad, acceso a la justicia y legalidad de las actuaciones judiciales y se ordene reconocer a la Contraloría General de Antioquia la capacidad de representación que la constitución y la ley le otorga para incoar y hacerse parte dentro del proceso laboral.

Afirma que del contenido de los artículos 272 de la Carta Política, 66 de la Ley 42 de 1993 y 2º de la Ley 330 de 1996, se concluye que la Contraloría General de Antioquia es una entidad de carácter técnico, con autonomía administrativa y presupuestal, a la vez con capacidad y autonomía contractual, al igual que las Contralorías Departamentales.

De lo dispuesto en el artículo 268 de la Carta Política es posible concluir que el Contralor General de la República ostenta dentro de sus funciones generales la condición de nominador de la planta general de cargos establecida por la ley, capacidad que incluso le permite no solo vincular, sino desvincular y retirar del servicio al personal adscrito a la entidad, condición que, en el caso de retiro de funcionarios aforados, incluye la posibilidad de accionar ante la jurisdicción en la búsqueda del cumplimiento de su deber constitucional.

Por vía del citado artículo 272 constitucional, la Contraloría General de Antioquia está plenamente legitimada para solicitar ante la jurisdicción el levantamiento del fuero sindical de los funcionarios sobre los cuales, luego de agotar el procedimiento legal establecido, se ha suprimido su cargo y, por ende se requiere su retiro del servicio.

En consecuencia, de acuerdo con el Decreto 267 de 2000, artículos 7º y 35, que regulan el funcionamiento de la Contraloría General de l República, no es posible predicar una inexistencia del demandante, cuando el último precepto, en su numeral 5º le otorga análogamente al General de Antioquia, la capacidad necesaria de representación.

Por su parte, el artículo 24 de la Ley 446 de 1998, que remite al artículo 149 del Código Contencioso Administrativo, justifica...

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