Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 14 de Abril de 2011
Fecha | 14 Abril 2011 |
Número de expediente | 53445 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELASMagistrado ponente
J.L.B.C.
Aprobado Acta N° 132Bogotá, D.C., abril catorce (14) de dos mil once (2011)V I S T O SLa Sala decide la impugnación interpuesta por el accionante H.A.H., contra el fallo de tutela proferido el 3 de marzo de 2011, con el cual la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Cali, negó el amparo a los derechos fundamentales que se afirman vulnerados por el Juzgado 27 Penal del Circuito de Cali.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA DEMANDAEl ciudadano H.A.H. promueve demanda en procura de amparo para sus derechos fundamentales de petición, habeas data, honra, buen nombre y libre locomoción que considera vulnerados por el Juzgado 27 Penal del Circuito de Cali.
Como sustento de la demanda, refiere el actor, que en varias ocasiones ha sido requerido por la Policía Nacional en razón a que existe orden de captura vigente por el delito de estafa a nombre del señor J.G.R., persona que se identificó dentro del proceso con el mismo cupo numérico (14.222.860) de cédula que le fue asignado por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Agrega, que al hacer las respectivas averiguaciones se enteró que se trata del proceso seguido contra el señor J.G. RUBIO por el delito de estafa, habiéndose proferido sentencia el 8 de febrero de 1995, por lo que al conocer que las diligencias penales eran adelantadas por el Juzgado 27 Penal del Circuito de Cali, elevó derecho petición el 13 de enero de 2009, en orden a que se verificara lo expuesto y se oficiara en tal sentido a la SIJIN, D.A.S., Fiscalía General de la Nación, y Policía Nacional para que su número de identificación fuera excluido de los registros o bases de datos, sin que hasta el momento de interponer la acción, que lo fue el 8 de febrero de 2011, hubiese obtenido respuesta alguna.
En tales condiciones, solicita se ordene al accionado ofrecer una respuesta de fondo a su petición.TRÁMITE DE PRIMERA INSTANCIA
El Tribunal Superior de Cali admitió la demanda y ordenó notificar al Departamento Administrativo de Seguridad D.A.S., a la Fiscalía General de la Nación – Dirección Seccional Cali, la Policía Nacional, el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados Penales y de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali.
La Juez Coordinadora del Centro de Servicios de los Juzgados Penales de Cali, hizo saber que según consulta realizada en los aplicativos que manejan esos despachos, respecto...
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