Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 27 de Septiembre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 327258051

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 27 de Septiembre de 2011

Número de expediente56138
Fecha27 Septiembre 2011
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Magistrado Ponente:

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No.349Bogotá D.C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil once (2011).VISTOS Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación interpuesta por el accionante MARCIAL D.C.D.Á. frente al fallo de 19 de julio de 2011, a través del cual la Sala de Casación Laboral negó la tutela de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, mínimo vital y vida digna, presuntamente vulnerados por la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Sincelejo, en actuación que involucró al Juzgado 2º Laboral del Circuito de la misma ciudad. ANTECEDENTES

  1. Mediante fallo de 27 de febrero de 2011, el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Sincelejo condenó al Instituto Nacional de Vías a reconocerle y pagarle una pensión complementaria al actor, a partir del 14 de septiembre de 2003, en forma vitalicia, la cual equivalía a la diferencia que surge entre el valor de la mesada pensional convencional que se le venía cancelando y la reconocida por la Caja Nacional de Previsión Social; decisión que al ser apelada fue revocada por la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Sincelejo el 30 de agosto de 2010. 2. Se duele el accionante MARCIAL D.C.D.Á. de la decisión adoptada por la autoridad judicial accionada, a la cual califica de ser constitutiva de vía de hecho por desconocer el precedente judicial sentado sobre esta materia, motivo por el cual la acusa de ser vulneratoria de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, mínimo vital y vida digna. 3. Su pretensión la encamina a que se revoque la sentencia proferida por la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Sincelejo y en su defecto se expida una nueva decisión, reconociéndole los derechos pensionales hasta hoy vulnerados, atendiendo al precedente judicial que existe sobre el particular. LA PROVIDENCIA IMPUGNADA La Sala de Casación Laboral, en sentencia de 19 de julio de 2011, concluyó en la negativa de la demanda de tutela, por cuanto: i) la decisión adoptada por la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Sincelejo no se advierte arbitraria o contradictoria con el ordenamiento jurídico y por ende no se puede pregonar que la misma sea constitutiva de vía de hecho o se encuentre incursa en una causal de procedibilidad; ii) no se satisface el requisito de la inmediatez, toda vez que el fallo judicial cuestionado fue proferido el 30 de agosto de 2010; y iii) el accionante si bien presentó recurso de casación, no lo sustentó, lo que motivó a que la Sala de Casación Laboral lo declarara desierto, renunciando así, voluntariamente, a los únicos mecanismos de defensa legalmente establecidos para atacar una providencia judicial.LA IMPUGNACIÓN

Surtida la notificación del fallo de tutela, el accionante lo impugnó, reiterando en la necesidad de que se despachen favorablemente sus peticiones, en atención a...

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