Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 17 de Agosto de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 327260183

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 17 de Agosto de 2011

Fecha17 Agosto 2011
Número de expediente26494
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE: JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ Tutela No. 26494 Acta No. 27

Bogotá D.C., diecisiete (17) de agosto de dos mil once (2011)

Decide la Corte sobre la acción de tutela interpuesta por el DEPARTAMENTO DEL CESAR contra la SALA CIVIL FAMILIA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR, trámite al cual se vinculó al JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad y a J.P.M..I -. ANTECEDENTES

  1. El accionante solicita la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la seguridad jurídica y al acceso a la justicia, los cuales considera vulnerados por el tribunal accionado, dentro del proceso ordinario laboral que en su contra instauró J.P.M..

Afirma que en el mencionado proceso, el demandante solicitó la declaratoria de existencia de un contrato de mandato con el Departamento del Cesar, cuyo objeto fue la representación de este último en los procesos judiciales adelantados ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Tribunal y Juzgados) y ante el Tribunal de Arbitramento en el Centro de Conciliaciones de la Cámara de Comercio de Valledupar y, como consecuencia de ello, se le condena al pago de los respectivos honorarios profesionales.

El Juzgado Primero Laboral del Circuito de Valledupar, dictó sentencia de primera instancia en la que condenó al Departamento del Cesar a pagar al demandante la suma de $11.541.000.oo más los intereses moratorios sobre dicha suma, desde la ejecutoria de la sentencia.

Inconformes las partes con la anterior decisión, interpusieron contra ella recurso de apelación, el cual fue decidido por el tribunal accionado, el 18 de agosto de 2010, corporación judicial que modificó el numeral segundo de la sentencia proferida por el a quo, en el sentido de condenar al Departamento a pagarle al actor del juicio la suma de $89.012.443.05 por concepto de honorarios, más los intereses moratorios y la indexación desde su causación hasta la fecha de ejecutoria de la sentencia y, la confirmó en todo lo demás.

Precisa que contra la anterior decisión, no es posible interponer el recurso de casación en razón de la cuantía, razón por la cual no cuenta con otro mecanismo de defensa judicial para la protección de sus derechos.

Se duele el petente de la decisión proferida en segunda instancia en la que considera se incurrió en vía de hecho, pues se le sancionó en forma doble, al condenarlo a pagar una suma de dinero “abultada bajo la premisa de excluir en los intereses moratorios la actualización que lleva consigo, la perdida –sic- de adquisición del dinero por el transcurso del tiempo”. Aunado a lo anterior, señaló que se desconocieron los pronunciamientos jurisprudenciales y doctrinales en materia de honorarios, diseñando un “esquema de valoración que no encuentra asidero en los preceptos constitucionales, legales y en los principios de equidad y justicia”.

Por lo anterior solicita al juez de tutela, conceder el amparo impetrado.

2-. Mediante auto calendado de 3 de agosto de 2010, se asumió el conocimiento de la presente acción. Dentro del término de traslado no se...

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