Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 5 de Octubre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 333770582

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 5 de Octubre de 2011

Fecha05 Octubre 2011
Número de expediente56225
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1MAGISTRADO PONENTE

AUGUSTO J.I.G.

APROBADO ACTA Nº. 358-

Bogotá, D.C., cinco (5) de octubre de dos mil once (2011)

ASUNTO

Se resuelve la impugnación interpuesta por W.Ú.C. contra el fallo proferido el 29 de agosto de 2011 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, a través del cual negó la tutela interpuesta contra la Fiscalía 36 Seccional y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Fe de Antioquia, por la presunta violación de su derecho fundamental al debido procesoHECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

  1. Manifiesta el apoderado del accionante que con ocasión al homicidio del señor J.A.D.G. el 11 de julio de 1999 en el corregimiento de Pinguro –Antioquia, W.Ú.C. fue sindicado como presunto autor y responsable, situación que produjo en él temor de ser agredido y por tanto abandonó el lugar de los hechos, que también era su domicilio y residencia, desconociéndose su paradero hasta la fecha de su captura, 14 de junio de 2011.

  2. Dentro del proceso que se adelantaba en su contra, mediante resolución del 16 de septiembre de 1999 proferida por la Fiscal 36 Seccional se ordenó la captura del señor Úsuga con el fin de ser oído en indagatoria, sin embargo, ante su no comparecencia dispuso su correspondiente emplazamiento, declarándosele persona ausente y designándosele defensor de oficio, a quien según el accionante no se le informó el estado de persona ausente del tutelante.

  3. El 8 de noviembre de 2001, se definió su situación jurídica con la imposición de medida de aseguramiento de detención preventiva

  4. El 23 de julio del mismo año se profirió resolución de acusación en su contra, como presunto autor responsable del delito de homicidio agravado.

  5. Asumido el proceso por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Fe de Antioquia, y luego de agotar las audiencias preparatoria y pública, el 3 de noviembre de 2003 profirió sentencia en la que se declaró al actor penalmente responsable de la conducta punible de homicidio agravado y le impuso una pena de 25 años de prisión. Le negó la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria.

  6. Ante la ejecutoria del fallo por la no interposición de los recursos, el proceso fue remitido al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali, en consideración a que en esa ciudad se encuentra recluido.

  7. El accionante acudió a la acción de tutela buscando se declare la nulidad de la actuación penal surtida en su contra a partir de la declaratoria como persona ausente, y en consecuencia se ordene su libertad, al considerar que durante la actuación el no pudo ejercer su derecho de contradicción y de defensa.

LA SENTENCIA IMPUGNADA

La Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia negó el amparo al señaler que el instrumento constitucional tiene un carácter subsidiario, residual y fragmentario que no se erige en una diversa instancia de revisión de lo actuado, aunado a la inexistencia de los presupuestos genéricos de procedibilidad de la misma.

Además, se predica la inobservancia de una...

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