Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 7 de Febrero de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 370364554

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 7 de Febrero de 2012

Número de expediente27924
Fecha07 Febrero 2012
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORALL.G.M.B.

Magistrado Ponente

Radicación No. 27924

Acta No. 03

Bogotá D.C., siete (7) de febrero de dos mil doce (2012). Procede la Corte a resolver la primera instancia en la acción de tutela interpuesta por J.A.F.D. contra la SALA LABORAL DE DESCONGESTIÓN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ y el JUZGADO SEXTO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.

ANTECEDENTES

El accionante instauró acción de tutela contra las autoridades judiciales accionadas por la supuesta violación de sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y el de asociación sindical.

De los documentos que conforman la solicitud de amparo se puede inferir que el actor fundamentó su petición en los siguientes hechos relevantes:

Que instauró demanda ordinaria laboral contra la empresa Alpina Productos Alimenticios S.A., para que se declarara la existencia de un contrato de trabajo, y se le reintegrara al cargo que venía desempeñando o a otro igual o superior categoría, así como el pago de salarios dejados de percibir entre la fecha del despido y cuando se haga efectivo el reintegro; el pago de los aumentos salariales legales o convencionales; prestaciones sociales y las costas del proceso. Subsidiariamente solicitó el pago de las indemnizaciones por despido y por mora.

Que el conocimiento le correspondió al Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Bogotá, quien admitió la demanda el 1º de marzo de 2010 y la notificó por estado el 2 del mismo mes y año.

Que el 11 de febrero de 2011, el apoderado del accionante allegó al trámite el citatorio remitido a la demandada en una dirección diferente a la indicada en la demanda, por lo que el Despacho mediante auto del 23 de febrero de ese año, se abstuvo de considerar el citatorio y ordenó su elaboración por su Secretaría con indicación de la dirección informada por el demandante. Que envió la notificación por aviso el 24 de febrero de 2011, con el auto admisorio de la demanda y copia de la misma, el cual fue recibido por la empresa Alpina Productos Alimenticios S.A. en la misma fecha, conforme la certificación de la empresa de correos Interpostal. Que la sociedad Alpina se presentó al Juzgado el 9 de marzo de 2011 y se notificó personalmente de la demanda, contestándola y propuso la excepción previa de prescripción, la cual fue declarada por el Juzgado el 16 de...

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