Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 24 de Julio de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 393227634

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 24 de Julio de 2012

Número de expediente61663
Fecha24 Julio 2012
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELASMagistrado Ponente

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Aprobado acta No. 272 Bogotá, D.C., julio veinticuatro (24) de dos mil doce (2012).V I S T O SSe pronuncia la Sala en primera instancia, sobre la demanda de tutela que promueve el ciudadano JOSÉ ANANÍAS GUERRA GALLEGO contra el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de descongestión de Santuario y la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, en garantía de los derechos fundamentales, que estima vulnerados por dichas autoridades al negarle la aprobación para obtener el beneficio administrativo de las 72 horas.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA DEMANDADe la demanda de tutela, sus anexos y de otros documentos allegados al expediente se infieren los siguientes hechos:El Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión del Santuario (Antioquia) vigila actualmente la pena de 25 años impuesta por el Juzgado 12 Penal del Circuito de Medellín y redosificada por el Juzgado 4 de Ejecución de Penas de Medellín al ciudadano JOSÉ ANANÍAS GUERRA GALLEGO por el delito de homicidio agravado.El despacho ejecutor por auto del 16 de agosto de 2011 emitió concepto negativo frente a la aprobación del otorgamiento de beneficio administrativo de las 72 horas deprecado por el sentenciado, al considerar que no se cumple con los requisito exigidos en el Decreto 232 de 1998, al haber sido sancionado disciplinariamente por falta grave al interior del centro carcelario.Inconforme con la anterior decisión el sentenciado interpuso recurso de apelación, el que resolvió el Tribunal Superior de Antioquia mediante providencia del 9 de noviembre de 2011, en el sentido de impartir confirmación a la decisión objeto de alzada.

En tales condiciones, el ciudadano J.A. GUERRA GALLEGO promueve la presente acción de tutela, tras manifestar que con las decisiones reseñadas se han trasgredido sus derechos fundamentales al debido proceso e igualdad.En apoyo del amparo reclamado, sostiene el actor que con la decisión de negar el beneficio administrativo se obstruye el proceso progresivo de resocialización en virtud que la sanción disciplinaria impuesta surgió por tener en su poder un billete de cinco mil pesos ($5.000), la cual fue cumplida y extinguida, momento desde el cual ha transcurrido más de cinco años observado una conducta sobresaliente y ejemplar, por manera que no puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho, al tener en cuenta los despachos accionados dicho antecedente como factor determinante para negar el permiso administrativo.

De otra parte, refiere que está siendo objeto de un tratamiento discriminatorio por parte de los accionados, habida cuenta que el permiso administrativo fue concebido por el Juzgado de Penas a otro interno que fue sancionado disciplinariamente por hechos más graves al interior del centro carcelario.Por ello, solicita la intervención del juez constitucional a efectos de obtener el amparo de los...

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