Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 25 de Febrero de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 427127422

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 25 de Febrero de 2013

Número de expediente76001221000020120014401
Fecha25 Febrero 2013
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrada Ponente:

MARGARITA CABELLO BLANCO Bogotá, D.C., veinticinco (25) de febrero de dos mil trece (2013).

Discutido y aprobado en Sala de 13-02-2013. REF. Exp. T. No. 76001-2210-000-2012-00144-01 Se decide la impugnación interpuesta contra la sentencia de 16 de enero de 2013, mediante la cual la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, negó la acción de tutela promovida por A.Q.L. frente al Juzgado Décimo de Familia de esa misma ciudad, actuación a la que fue vinculada C.R.H.R..ANTECEDENTES

1 El actor demandó la protección constitucional de su derecho fundamental al Debido proceso, presuntamente vulnerado por la autoridad judicial acusada dentro del juicio de divorcio y consecuente liquidación de sociedad conyugal que en su contra ejerció su ex – cónyuge.

2 Arguyó, como fundamento de su reclamo, en síntesis, que el proceso de divorcio que adelantó la señora C.R.H. se terminó con sentencia el 28 de marzo de 2011, quedando por tramitar el “proceso de partición.”

3 Que a través de apoderado judicial presentó solicitud de “Liquidación de la Sociedad de la Sociedad Patrimonial de hecho”; quien realizó los emplazamientos a los eventuales acreedores de conformidad con lo previsto en el artículo 625 del Código de Procedimiento Civil.

4 Que el proceso radicado bajo el No 266-2001, fue reasignado al Juzgado Primero de Descongestión, donde se presentaron irregularidades en lo atinente a las notificaciones.

5 Que el 28 de octubre de 2011 el apoderado de su ex – esposa presentó los inventarios y avalúos, los que fueron aprobados según proveído del 10 de noviembre del mismo año, situación que lo llevó a reiterarle el poder a su procurador judicial para que también presentara la relación de bienes, toda vez que no había tenido la oportunidad de hacerlo.

6 Que su apoderado a la presentación del mandato solicitó la “nulidad de lo actuado” toda vez que no se le había notificado como “parte demandante, dentro de la liquidación del patrimonio habido dentro de la sociedad.”

7 Que el informe del secretario del juzgado acusado señala. “A[ l ] despacho del señor [juez] pasa el presente asunto, informándole que [al] ser revisado nuevamente se encuentra una series de anomalías en el inventario de bienes y deudas de la sociedad conyugal que no se observaron al momento de la diligencia {…] de otro lado se presenta escrito de fecha 16”.

8 Que en auto del 2 de febrero de 2012 el Juzgado cuestionado resuelve que “el inventario es ilegal y sin efecto”, resaltando que el “escrito del 16 de 2011 en el cual el demandante otorga poder al […] [Dr] R.H.R. para que tramit[e] el presente proceso, el Despacho se...

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