Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 30 de Enero de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 428989290

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 30 de Enero de 2013

Número de expediente64829
Fecha30 Enero 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Aprobado acta N° 022

Bogotá, D.C., treinta (30) de enero dos mil trece (2013).V I S T O SDecide la Sala en primera instancia, la acción de tutela promovida por el ciudadano M.G.S., contra la Sala Penal del Tribunal Superior de San José de Cúcuta y el Juzgado Segundo Adjunto de Ejecución de Penas y Medidas Seguridad de la misma ciudad.ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA

Según se desprende de las diligencias y para lo que interesa a la

presente actuación, el Juzgado Quinto Penal del Circuito de San José de Cúcuta mediante sentencia del 21 de julio de 2006 condenó al accionante M.G.S. a la pena principal de cuarenta (40) meses de prisión por el delito de receptación y obtención de documentos públicos falsos, además le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y ordenó “oficiar al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la ciudad para que ponga a disposición al sentenciado, una vez cumpla la pena que vigila.”

El Juzgado Segundo Adjunto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de San José de Cúcuta, mediante providencia del 8 de agosto de 2011 decretó la extinción de la sanción penal por prescripción impuesta por el Juzgado Quinto Penal del Circuito al accionante.

El mismo despacho en auto del 13 de enero de 2012 de oficio decretó la nulidad de lo actuado a partir de la decisión emitida el 8 de agosto de 2011 -extinción de la pena-, en virtud que el cumplimiento de la sentencia estaba suspendida a que fuera liberado por el asunto que estaba privado de la libertad, razón por la cual solicitó que una vez puesto en libertad fuera dejado a disposición de la sentencia emitida por el Juzgado Quinto Penal del Circuito.

El accionante impugnó la anterior decisión mediante el recurso de reposición y apelación, el primero resuelto desfavorablemente por el mismo despacho el 4 de julio de 2012, y el segundo confirmado el 5 de diciembre del mismo año por la Sala Penal del Tribunal Superior de San José de Cúcuta.Cumplido el trámite anterior M.G.S. promueve demanda de tutela contra el Juzgado Segundo Adjunto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y la Sala Penal del Tribunal Superior de San José de Cúcuta, por razón de las decisiones que decretarón la nulidad, al considerar vulnerado los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia.Como sustento de la demanda refiere el libelista, que los despachos judiciales incurrieron en vía de hecho al decretar oficiosamente la nulidad de la providencia mediante la cual había decretado...

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