Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 433057278

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Abril de 2013

Fecha03 Abril 2013
Número de expediente65812
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Aprobado acta N° 096

Bogotá, D.C., tres (03) de abril de dos mil trece (2013).V I S T O S

Resuelve la Sala la impugnación presentada por el apoderado del accionante J.G.R.P. y el representante legal de la sociedad COLBANK S.A. e INVERSIONES LÓPEZ PIÑEROS LTDA., contra la sentencia del pasado 27 de febrero de 2013 a través de la cual la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá negó el amparo invocado frente a la Fiscalía 26 Especializada para la Extinción de Dominio y contra el Lavado de Activos.

ANTECEDENTES

Según lo refieren las diligencias, la Fiscalía 26 Especializada de la Unidad Nacional para la Extinción del Derecho de Dominio y contra el Lavado de Activos, dentro de la actuación radicaba bajo el No. 7403 E.D., mediante resolución del 12 de diciembre de 2012, dispuso, dando aplicación al artículo 74 de la Ley 1453 de 2011, decretar de manera extraordinaria la improcedencia de la acción en relación con los inmuebles distinguidos con los folios de matrícula inmobiliaria 50N-20324380, 50N-412750 y 50N-20341326, atendiendo la solicitud que es tal sentido elevó el apoderado judicial de la sociedad INVERSIONES LÓPEZ PIÑEROS LTDA. y el representante y apoderado de la sociedad COLBANK S.A.

En la misma decisión, se ordenó compulsar copias para que se estudie la viabilidad de iniciar el trámite de extinción de dominio sobre los dineros producto de la negociación entre DMG HOLDING S.A. y REPRESENTACIONES GUVAL.

Seguidamente se dispuso la notificación de la anterior determinación a los terceros con interés en la actuación, habiendo interpuesto los recursos de reposición y apelación por parte de la sociedad REPRESENTACIONES GUVAL, cuyo trámite se cumple en la actualidad.

Aparece igualmente, que el 15 de noviembre de 2011 el abogado F.R.F., aludiendo obrar en condición de apoderado de las víctimas dentro del proceso radicado 2007-00064 seguidos contra el GRUPO DMG S.A. y DMG GRUPO HOLDING S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, solicitó a nombre de J.G.R.P., S.M.R.P. y LUZ D.R.P., que se abstuviera el despacho de declarar la extinción de dominio.

De otra parte, se sabe que ante la Fiscalía 23 Especializada de la Unidad Nacional de Extinción de Dominio y contra el Lavado de Activos, se adelanta actuación penal (radicado 2007-00064) por los delitos de concierto para delinquir, captación masiva y habitual de dineros y lavado de activos, diligencias en las que figuran como indiciados los señores L.E.G. y J.C.V.Y..Despacho que igualmente conoce de la investigación que se adelanta

en contra de W.S.S. (radicado 2009-0019), y en la que actúa el abogado F.R.F. como apoderado de las víctimas.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

El ciudadano J.G.R.P. promueve mediante apoderado demanda de tutela, en procura de amparo para los derechos fundamentales al debido proceso, defensa acceso a la administración de justicia y reparación que estima conculcados por la Fiscalía 26 Especializada para la Extinción de Dominio y el Lavado de Activos.

En sustento del amparo pretendido, aduce el libelista que como apoderado del señor J.G.R.P., quien interviene como víctima de las acciones delictivas de DMG, presentó ante la fiscalía accionado escrito de oposición a la declaración de extinción de dominio, dentro de la actuación radicada bajo el No. 7403 E.D.

Alude, que el 12 de diciembre de 2012 el despacho fiscal demandado emitió resolución decretando la improcedencia de la acción en relación con los bienes inmuebles identificados con matrícula inmobiliaria 50N-20324380, 50N-412750 y 50N-20341326, decisión que no se le notificó a él ni a las demás víctimas dentro del proceso, impidiéndole así ejercer el derecho de contradicción frente a esta, a pesar de haberse constituido como parte en el proceso de extinción.

Así mismo, resalta que con ocasión del proceso seguido en contra de D.E.H.M.G., se dispuso la compulsa de copias dando origen al radicado 2007-00064 cuyas diligencias son adelantadas por la...

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