Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 11 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 434797410

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 11 de Abril de 2013

Fecha11 Abril 2013
Número de expediente11001020400020130019101
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Bogotá D.C., once de abril dos mil trece

Discutido y aprobado en sesión de diez de abril dos mil trece

R.. exp.: 11001-02-04-000-2013-00191-01

Decide la Sala la impugnación interpuesta contra el fallo de tutela proferido el doce de febrero de dos mil trece, por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la acción de tutela promovida por P.B.Z.A. frente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja y el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad.I. ANTECEDENTES

  1. La pretensión

    El accionante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y al principio de legalidad, que considera vulnerados por las autoridades accionadas, al negar su solicitud de extinción de la acción penal por prescripción, desconociendo lo dispuesto en los artículos 89 y 90 de la Ley 599 de Código Penal y el precedente que rige la materia. [Folio 3, cuaderno 1]

    Pretende, en consecuencia, que se revoque la referida determinación, y en su lugar, se acceda a sus pretensiones. [Folio 12, cuaderno 1]

  2. Los hechos

    1. El 10 de octubre de 2002, el Juzgado Quinto Penal del Circuito de B. condenó al reclamante a la pena principal de 3 años de prisión por el delito de extorsión en el grado de tentativa. [Folio 10, cuaderno 1]

    2. El actor se encuentra privado de la libertad desde el 13 de mayo de 1998, por cuenta de otro proceso penal, en el cual fue condenado a 30 años y 8 meses de prisión, por el delito de secuestro extorsivo en concurso con rebelión y hurto calificado y agravado, cuyo vigilancia de la ejecución de la condena le correspondió al Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja. [Folio 42, cuaderno 1]

    3. Ante la citada autoridad, el reclamante solicitó la prescripción de la acción penal de la primera de las condenas referidas, la cual fue denegada mediante auto de 27 de abril de 2012, al considerar que el término prescriptivo se interrumpió, por cuanto el condenado está cumpliendo la condena impuesta en otra actuación penal, por lo cual es evidente que no podría descontar pena de varios procesos de manera simultánea. [Folio 46, cuaderno 1]

    4. Inconforme con lo decidido, el tutelante apeló.

    5. En auto de 16 de noviembre de 2012, el Tribunal confirmó la referida providencia. [Folio 60, cuaderno 1]

    6. En criterio del actor, los juzgadores...

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