Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº de 18 de Abril de 2013
Número de expediente | 11001020300020130076800 |
Fecha | 18 Abril 2013 |
Materia | Derecho Civil |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVILMagistrado Ponente:
ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ
Bogotá, D.C., dieciocho (18) de abril de dos mil trece (2013).-
(discutido y aprobado en Sala de 17 de abril de 2013).
Ref.: 11001-02-03-000-2013-00768-00
La Corte resuelve la acción de tutela presentada por el señor L.F.O.P. contra la Presidencia de la República, los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia y del Derecho y la Fiscalía General de la Nación.ANTECEDENTES
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L.F.O.P. solicita la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y a la petición, presuntamente vulnerados por las autoridades acusadas, dentro del trámite de extradición que a él se le adelanta.
Para tal efecto afirma que “mediante nota verbal de la Embajada [d]el gobierno de Estados Unidos de América solicita [su] detención provisional con fines de extradición” y, por tal razón, la “Fiscalía General de la Nación [la hace] efectiva el día 18/11/2011, por parte de la Policía Nacional”. Agrega que con posterioridad el gobierno de los Estados Unidos “formalizó [su] pedido de extradición “endilgando[le] cargos (…) de [c]oncierto para importar y distribu[ir] (cinco kilogramos o más de cocaína)” (fl. 2, cdno. 1).
Señala que por estar en desacuerdo con esa determinación “elev[ó] sendos derechos de petición ante diferentes autoridades solicitando información (…) [de la] autoridad judicial competente [que] había ordenado y autorizado la interceptación de [sus] comunicaciones, sin que se [m]e resolviera[n] tal[es] petición[es]”. Agrega que en la etapa probatoria solicitó oficiar a la Fiscalía General de la Nación para que “allegara[n] los antecedentes que acredit[an] la legalidad de [dichas] interceptaciones (…) pruebas estas que fueron negadas por la Corte Suprema de Justicia (…) debido precisamente [a] que en Colombia el trámite de extradición, no corresponde a la noción estricta del proceso judicial, en el que se juzgue la conducta de aquel a quien se reclama en extradición, [por lo cual] en su curso no tienen cabida cuestionamientos relativos entre otros, a la validez o merito de la prueba recaudada (…), esas condiciones valga destacar que al presente tr[á]mite, no le interesa que se verifique, qui[é]n orden[ó] las interceptaciones telefónicas, el seguimiento del pedido en extradición y si se realiz[ó] audiencia de control de garantías, pues los hechos que se pretenden demostrar con este medio de convicción, no atañen...
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