Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 1 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 460929102

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 1 de Agosto de 2013

Fecha01 Agosto 2013
Número de expediente68189
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1 MAGISTRADO PONENTE

G.E.M.F.

Aprobado acta No. 246-

Bogotá, D.C., primero (1°) de agosto de dos mil trece (2013).

ASUNTO

Se resuelve la impugnación formulada por G.M.B.G., quien acude a través de apoderada judicial, frente a la decisión proferida el 12 de junio de 2013 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual le negó la tutela interpuesta contra la Sala Laboral de Descongestión del Tribunal Superior de Medellín y el Juzgado 11 Laboral del Circuito de la misma ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso y a la vida en condiciones dignas.

Al presente trámite fue vinculado el Instituto de Seguros Sociales ISS, hoy COLPENSIONES.

ANTECEDENTES
  1. Los hechos y el amparo propuesto

1.1. G.M.B.G. adelantó proceso ordinario laboral contra el Instituto de Seguros Sociales, con el propósito de obtener el reconocimiento y pago del retroactivo de su pensión, la cual le fue otorgada mediante Resolución 012007 del 30 de mayo de 2006.

1.2. El 31 de marzo de 2011[1] el Juzgado 11 Laboral del Circuito de Medellín absolvió al ISS de todas las pretensiones y declaró probada la excepción de prescripción.

1.3. Contra esa determinación la demandante interpuso recurso de apelación y el 14 de diciembre de 2012[2] la Sala Laboral del Tribunal Superior de esa ciudad la confirmó.

El fallo no fue impugnado en casación.

1.4. G.M.B.G. presentó tutela contra los despachos judiciales referidos ante la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso y a la vida en condiciones dignas, por no reconocerle el pago del retroactivo de su pensión.

Manifestó que los accionados no tuvieron en cuenta que el acto administrativo por el cual se le reconoció su mesada pensional, cobró firmeza el día en que fue resuelto el recurso de apelación por parte del ISS, lo que tuvo lugar en la Resolución 017985 del 27 de junio de 2008.

Solicitó conceder el pago del retroactivo de su pensión, la indexación en el índice de precios al consumidor, los intereses moratorios, las costas y agencias del proceso.

LA SENTENCIA IMPUGNADA

La Sala de Casación Laboral negó el amparo al considerar que la accionante tenía a su alcance otro medio de defensa judicial, como es el recurso extraordinario de casación.

No obstante, dejó vencer los términos y perdió la oportunidad mediante la cual...

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