Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 29 de Mayo de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478638786

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 29 de Mayo de 2013

Fecha29 Mayo 2013
Número de expediente43235
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

R.E. BUENO

Magistrado Ponente

STL1863-2013

Radicación No. 43235

Acta No. 17

Bogotá D.C., veintinueve (29) de mayo de dos mil trece (2013)

Resuelve esta Corte la impugnación interpuesta por A.D.S.M.M. frente al fallo proferido el 5 de abril de 2013 por la Sala Segunda de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, dentro de la ACCIÓN DE TUTELA que aquélla promovió contra la NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA – ARMADA NACIONAL.

ANTECEDENTES

Plantea la actora que, mediante Resolución Nro. 0080 del 3 de febrero de 2004, fue retirada del servicio como J. de Grupo Oceanografía - Geología de la Armada Nacional, razón por la cual interpuso acción de nulidad y restablecimiento del derecho que le fue concedida por el Tribunal Contencioso Administrativo de Bolívar en sentencia del 22 de agosto de 2012, razón por la cual presentó ante la Dirección de Asuntos Legales y la Coordinadora del Grupo de Reconocimiento de Obligaciones Litigiosas y Jurisdicción Coactiva del Ministerio de Defensa Nacional, solicitud para que se cumpliera no sólo con la orden de “reintegro” inmediato al cargo que venía ocupando u otro de igual o superior categoría, sin solución de continuidad, sino con el “pago” de las condenas impuestas en dicho fallo. Sin embargo, agrega, hasta la fecha no ha obtenido respuesta alguna, sin perjuicio de considerar que tiene derecho a ser ascendida al cargo de Capitán de N. porque, a la fecha del retiro, sólo le faltaban 9 meses para ello.

Señala que con dicha omisión se le están vulnerando los derechos fundamentales de acceso a la administración de justicia, debido proceso, trabajo y dignidad humana, solicitando en consecuencia se ordene a la accionada que de cumplimiento a la sentencia anteriormente referida.

Admita y notificada la acción de tutela, el Ministerio de Defensa manifestó que no se le han vulnerado a la actora los derechos fundamentales reclamados, toda vez que la Dirección General Marítima – Centro de Investigaciones Oceanográficas e Hidrográficas del Caribe CIOH, “no es la autoridad competente para adelantar el trámite correspondiente para materializar su reintegro a la Institución” y, además, que en el caso concreto no se presenta un perjuicio irremediable.

A su vez, el Grupo de Reconocimiento de Obligaciones Litigiosas y Jurisdicción Coactiva del Ministerio de Defensa Nacional adujo que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR