Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Octubre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478649658

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 3 de Octubre de 2013

Número de expediente69723
Fecha03 Octubre 2013
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2

Magistrada Ponente:

MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ

Aprobado Acta N° 328

Bogotá D.C., tres (3) de octubre de dos mil trece (2013).

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Resolver la impugnación presentada mediante apoderado por A.P.D.H. contra del fallo de tutela proferido el 24 de julio último por la Sala de Casación Laboral de esta Corte, que negó el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social, mínimo vital, debido proceso, igualdad, acceso a la administración de justicia y vida, presuntamente vulnerados por el Juzgado 2° Laboral Adjunto del Circuito de Cartagena y la Sala Laboral de Descongestión del Tribunal Superior de Santa Marta.

ANTECEDENTES RELEVANTES

  1. El Juzgado 2° Laboral del Circuito Adjunto de Cartagena conoció del proceso ordinario laboral promovido por A.P.D.H. contra el Instituto de Seguro Social, con el propósito de obtener la indexación de la primera mesada pensional reconocida por el demandado a partir del 29 de abril de 1989.

    El despacho mediante sentencia de 16 de septiembre de 2013 absolvió al Instituto de Seguro Social de las pretensiones de la demanda.

  2. El Tribunal Superior de Santa Marta, S.L. de Descongestión, al decidir el recurso de apelación interpuesto mediante fallo del 22 de mayo de 2013, confirmó la decisión del a quo.

    FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

    El mandatario judicial alude al proceso génesis de la presente acción constitucional y a partir de la reseña de las actuaciones procesales efectuadas en su interior, afirma que los derechos fundamentales invocados resultaron lesionados, pues la determinación de negar la indexación de la primera mesada pensional contraría la jurisprudencia de la Corte Constitucional en la materia y genera graves perjuicios morales y materiales.

    Con base en lo expuesto, pide el amparo para las garantías invocadas.

    TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA 1. Mediante auto de 17 de julio último, la Sala de Casación Laboral de esta Corporación admitió la solicitud de amparo, ordenó notificar la iniciación del trámite a las autoridades judiciales accionadas y vincular a las demás partes e intervinientes, para la debida integración del contradictorio.

  3. La Sala de Casación Especializada de esta Corte negó el amparo solicitado con fundamento en el numeral 1° del artículo del Decreto 2591 de 1991, pues el actor contó con la posibilidad de interponer el recurso de casación contra el fallo del ad quem y...

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