Sentencia de Corte Suprema de Justicia - nº de 18 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 478665782

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - nº de 18 de Abril de 2013

Número de expediente5400131030032007-00200-01
Fecha18 Abril 2013
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Bogotá, D.C., dieciocho (18) de abril de dos mil trece (2013)Ref: Exp. 5400131030032007-00200-01

  1. - En el auto de 5 de abril de 2013 se declaró prematuro el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida el 10 de octubre de 2012, por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, dentro del proceso ordinario promovido por E.A.E.; L.M.G. de A.; M.P.A.P.; M.A.V.A.; M.L.Á. y C.I.A.A.; C.E., A. de M.A., L.M. y G.A.A.G., contra el Parque Nacional de la Cultura Agropecuaria S.A. “Panaca S.A.” y el Centro Internacional de Ferias, Exposiciones y Negocios de Cúcuta S.A. “Interferias S.A.”.

    Empero, en la parte resolutiva, en su numeral primero, por equivocación se indicó que el Tribunal Superior que concedió la impugnación extraordinaria pertenecía al Distrito Judicial de B. cuando realmente corresponde al de la ciudad de Cúcuta.

  2. - El lapsus cálami en que se incurra en una providencia es susceptible de ser enmendado...

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