Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº Exp. 11001-02-03-000-2013-01658-00 de 13 de Agosto de 2013
Sentido del fallo | DIRIME CONFLICTO DE COMPETENCIA |
Tribunal de Origen | Juzgado Civil Municipal de Duitama |
Fecha | 13 Agosto 2013 |
Número de expediente | Exp. 11001-02-03-000-2013-01658-00 |
Tipo de proceso | CONFLICTO DE COMPETENCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
Corte Suprema de Justicia
Sala de Casación Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL
Bogotá D.C., trece (13) de agosto de dos mil trece (2013).
Ref.: Exp. 11001-02-03-000-2013-01658-00
Decide la Corte el conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Primero Civil Municipal de Duitama (Boyacá) y Promiscuo Municipal de Maní (Casanare), derivado del conocimiento del asunto que ha dado lugar a la presente actuación.
ANTECEDENTES
1. José Domingo Peña Puerto promovió proceso ejecutivo contra “Bio-Llanos de Colombia S.A.T.”, en procura de obtener el pago de un crédito incorporado en el título valor acompañado como base de la acción cambiaria.
2. El escrito introductorio está dirigido al “Juez Promiscuo Civil Municipal de Maní” y ahí se indica que el demandado recibe notificaciones en la “vereda el Guamal finca El Cairo del municipio de Maní” y en el acápite de “competencia”, se expresa que el citado Despacho “es competente (…) en virtud de que el domicilio del demandado Bio – Llanos de Colombia SAT” es en dicho territorio (c.1, fls.5-7).
3. La jueza a quien se le asignó el asunto, declinó la asunción del mismo por considerar que no había claridad respecto del “domicilio de la accionada”, toda vez se omitió informar el nombre de su gerente, por lo que “de acuerdo al art.23 num. 7 del C.P.C., la competencia por [el] factor territorial del negocio jurídico se deberá establecer conforme al lugar donde se originó la obligación” y, consecuentemente dispuso remitir las diligencias a los “juzgados promiscuos municipales de Duitama (reparto)” (c.1, fl.9).
4. El Despacho que en esta última ciudad le fue asignada la demanda, rehusó su conocimiento y provocó el “conflicto” objeto de este trámite, básicamente argumentando que la accionada tiene su “domicilio en el municipio de Maní”, donde recibe las notificaciones y en cuanto al “domicilio de su representante legal”, se mencionó ese mismo lugar. Adicionalmente expuso, que para el caso la “competencia” no se orientaba por el “lugar del cumplimiento de la obligación”, porque al pretenderse el cobro de un título valor, y dado que su creación no estaba vinculada a una sucursal o agencia de la sociedad ejecutada, no aplicaba lo contemplado al respecto en la regla 7ª del canon 23 del ordenamiento ut supra (c.1, fls.12-14).
5...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 1100102030002014-00981-00 de 11 de Junio de 2014
...Artículo 23 núm. 5, 7 del Código de Procedimiento Civil. F.J.: Auto de 7 de junio de 2013, expediente 2013-01015-00. Auto de 13 de agosto de 2013, expediente 2013-01658-00. R.: A- 2013-01015-00 | Fecha: 07/06/2013 R.: A- 2013-01658-00 | Fecha: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA body { font-family:'T......
-
Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº 1100102030002013-02548-00 de 2 de Diciembre de 2013
...de junio de 2002, exp. 2002-0081-01 Auto de 7 de junio de 2013, exp. 2013-01015-00 Auto de 15 de junio de 1995, exp. 5540 Auto de 13 de agosto de 2013, exp. 2013-01658-00 Auto 13 de octubre de 2011, exp. Auto de 21 de junio de 2002, exp. 2002-0081-01 Auto de 7 de junio de 2013, exp. 2013-01......
-
Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-02-03-000-2015-00167-00 de 27 de Marzo de 2015
...de asuntos vinculados a la agencia o sucursal; y, d) En el lugar del domicilio del representante legal de la sociedad» (CSJ, AC, 13 ago. 2013, rad. 2013-01658-00). 5. De cara al presente asunto, advierte la Corte, que según se desprende del certificado de matrícula mercantil expedido por la......
-
AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-02-03-000-2016-03508-01 del 27-02-2017
...de asuntos vinculados a la agencia o sucursal; y, d) En el lugar del domicilio del representante legal de la sociedad» (CSJ, AC, 13 ago. 2013, rad. 2013-01658-00). 4. Ahora bien, es claro que por sus fines mutualistas y de solidaridad, sin ánimo de lucro, las cooperativas son diferentes de ......