Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 35056 de 15 de Marzo de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 552547986

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 35056 de 15 de Marzo de 2011

Sentido del falloCOMPLEMENTA SENTENCIA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Barranquilla
Fecha15 Marzo 2011
Número de expediente35056
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia

Corte Suprema de Justicia






CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

MAGISTRADO PONENTE J.M.B.R.


Referencia Expediente N° 35056

Acta N° 8


Bogotá, D.C., Quince (15) de marzo de dos mil once (2011).


Procede la Corte a resolver la solicitud del apoderado de la parte demandante y recurrente para que sea aclarada o adicionada la sentencia de instancia proferida por esta Corporación el pasado 24 de agosto de 2010, dentro del proceso promovido por OSMAN ENRIQUE VILORIA BLANCO contra EMPRESA DISTRITAL DE TELECOMUNICACIONES DE BARRANQUILLA E.D.T. E.S.P. EN LIQUIDACION, por cuanto se omitió en la parte resolutiva todo pronunciamiento respecto de la indexación ordenada en la motivación de la referida sentencia.


De conformidad con los artículos 309, 310 y 311 del Código de Procedimiento Civil la sentencia debe ser aclarada cuando contenga conceptos o frases que ofrezcan verdadero motivo de duda; corregida cuando se haya incurrido en error puramente aritmético y adicionada cuando se omita la resolución de cualquiera de los extremos de la litis.


En cuanto a la solicitud presentada por el apoderado del demandante ésta se origina en el error por omisión al guardar silencio en la parte resolutiva respecto a la indexación ordenada en la parte motiva de la misma; ciertamente en la parte motiva de la sentencia de fecha 24 de agosto de 2010, se dijo:


“….. con la correspondiente indexación de las sumas adeudadas hasta el momento en que se efectúe el pago”.


Omitiendo en la parte resolutiva lo relativo a la indexación ordenada en la parte considerativa de ésta.


De tal forma que le asiste razón al solicitante en su escrito visto a folios 55 y 56 de este encuadernamiento, al expresar: “…. solamente se condenó al pago del reajuste, sin incluir en forma expresa la indexación de tales sumas…”.


En armonía con lo expresado, la Sala accederá a lo peticionado y, se procederá a dar aplicación a lo preceptuado por el artículo 311 del C.P.C., adicionando la sentencia de fecha 24 de agosto de 2010 en este puntual aspecto, dada la falta de concordancia entre el acápite de las consideraciones y la resolutiva de la sentencia, lo que da lugar a proferir la presente sentencia complementaria.



Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,



RESUELVE:



COMPLEMENTAR la sentencia de instancia de fecha 24 de agosto de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR