Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 40716 de 20 de Febrero de 2013
Sentido del fallo | ABSTENERSE |
Tribunal de Origen | Juzgado Penal de Circuito de Barranquilla |
Número de expediente | 40716 |
Fecha | 20 Febrero 2013 |
Tipo de proceso | DEFINICIÓN DE COMPETENCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Definición de competencia No.40716
C.A.R. CUARTAS
Justicia y Paz
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente
JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA
Aprobado acta Nº 51
Bogotá D.C., veinte (20) de febrero de dos mil trece (2013).
VISTOS
Se pronuncia la S. acerca del incidente de definición de competencia planteado por el Juez Sexto Penal del Circuito Adjunto de Barranquilla, quien invocó el contenido de la Ley 975 de 2005 para declarar que el conocimiento del juzgamiento anticipado contra el postulado CARLOS ARTURO R.C. alias “MONTERÍA, según su criterio corresponde “(…) a la justicia transicional (…) Magistrados de Justicia y Paz de Barranquilla (…)”.
HECHOS Y ANTECEDENTES
1. De acuerdo con la información que obra en el expediente, los hechos que dieron origen la presente investigación sucedieron el 9 de noviembre de 2002, siendo aproximadamente las cinco y treinta de la tarde, cuando el señor R.S.L., líder estudiantil de la Universidad del Atlántico, quien había regresado recientemente al país, luego de estar exiliado en la República de Chile, salió al frente de su residencia ubicada en la carra 21 No.26-37 de la ciudad de Barranquilla, a hablar con unos amigos y vecinos del barrio, cuando al momento un individuo se le acercó y le propinó tres disparos, que le causaron la muerte.
El hombre realizó otros disparos, hiriendo con ellos a un joven vecino y a una sobrina de la víctima. Los vecinos del sector señalan que iniciaron una persecución, pero que apareció otro hombre en una motocicleta, la cual éste abordó como parrillero y huyó del lugar.
2. La Investigación correspondió a la Fiscalía 32 Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de Barranquilla, durante la cual, al conocer de la muerte de los líderes del grupo que al parecer determinó el homicidio de S.L. y la de quien le disparó, dio inicio a la instrucción en contra de C.A.R.C., alias “MONTERÍA”, quien en indagatoria y luego de serle puestos de presente los cargos, admitió que el homicidio de S.L. fue ordenado por alias “M. y ejecutado por alias “JORGY”, de quien no sabe el nombre, alias “CHUQUI” de nombre G.B. (ambos fallecidos) y él.
Señaló además, que el arma que se utilizó era de su propiedad y que tanto aquéllos como él hacen parte de las autodefensas del bloque denominado “J.P.D.” que actuaba en la costa atlántica y estaban bajo las órdenes de alias “M., quien era el comandante militar de dicho frente y su máximo dirigente era R.T., alias “J. 40”.
3. El 15 de abril de 2009 la Fiscalía 32 Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de Barranquilla impuso medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en contra de CARLOS ARTURO R.C., alias “MONTERÍA” como presunto coautor del delito de homicidio agravado y en la misma providencia se ordenó mediante indagatoria la vinculación de Rodrigo Tovar Pupo, alias “J. 40”.
4. El 3 de octubre de 2011, la mencionada fiscalía, se trasladó al la Cárcel Modelo de Barranquilla, con el fin de llevar a cabo diligencia de formulación y aceptación de cargos y de conformidad con el artículo 40 de la ley 600 de 2000, levantó acta de formulación de cargos para sentencia anticipada, en contra de C.A.R.C. alias “MONTERÍA”, identificado con cédula de ciudadanía número 98.610.550 en calidad coautor del delito de homicidio agravado en persona protegida, por hechos ocurridos el 9 de noviembre de 2002 en la carrera 21 No.26-75 de la ciudad de Barranquilla (Atlántico). El procesado, asistido de defensor de confianza, en la misma fecha aceptó los cargos imputados por la Fiscalía sin ninguna otra consideración.
La mencionada fiscal presentó como soporte de los cargos formulados, la versión dada por R.C. y corroborada con informes de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55765 del 24-07-2019
...resolver la propuesta de incompetencia. (Cfr., entre otras, CSJ AP, 4 ago. 2011, rad. 37.079; CSJ AP, 10 feb. 2012, rad. 38300; CSJ AP, 20 feb. 2013, rad. 40.716; CSJ AP, 23 sep. 2015, rad. 46828; CSJ AP, 24 feb. 2016, rad. 47.584; CSJ AP, 17 jul. 2017, rad. 50.695; CSJ AP, 1 ago. 2018, rad......
-
AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57318 del 06-05-2020
...resolver la propuesta de incompetencia. (Cfr., entre otras, CSJ AP, 4 ago. 2011, rad. 37.079; CSJ AP, 10 feb. 2012, rad. 38300; CSJ AP, 20 feb. 2013, rad. 40.716; CSJ AP, 23 sep. 2015, rad. 46828; CSJ AP, 24 feb. 2016, rad. 47.584; CSJ AP, 17 jul. 2017, rad. 50.695; CSJ AP, 1 ago. 2018, rad......
-
AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 57176 del 29-04-2020
...resolver la propuesta de incompetencia. (Cfr., entre otras, CSJ AP, 4 ago. 2011, rad. 37.079; CSJ AP, 10 feb. 2012, rad. 38300; CSJ AP, 20 feb. 2013, rad. 40.716; CSJ AP, 23 sep. 2015, rad. 46828; CSJ AP, 24 feb. 2016, rad. 47.584; CSJ AP, 17 jul. 2017, rad. 50.695; CSJ AP, 1 ago. 2018, rad......
-
AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55616 del 17-07-2019
...resolver la propuesta de incompetencia. (Cfr., entre otras, CSJ AP, 4 ago. 2011, rad. 37.079; CSJ AP, 10 feb. 2012, rad. 38300; CSJ AP, 20 feb. 2013, rad. 40.716; CSJ AP, 23 sep. 2015, rad. 46828; CSJ AP, 24 feb. 2016, rad. 47.584; CSJ AP, 17 jul. 2017, rad. 50.695; CSJ AP, 1 ago. 2018, rad......