Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 10 de Noviembre de 2004 - Jurisprudencia - VLEX 552601890

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 10 de Noviembre de 2004

Fecha10 Noviembre 2004
Número de expediente23306
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL

Bogotá, D.C., diez (10) de noviembre de dos mil cuatro (2004).

Decide la Corte el recurso de casación interpuesto por el señor S.J.A.S. contra la sentencia proferida por la Sala Civil Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, el 24 de octubre de 2003, en el proceso seguido por el recurrente contra LA NACIÓN - DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN.

La demanda fue instaurada para que una vez se declare, entre otras cosas, que el actor estuvo vinculado por una relación de trabajo, se condene a las entidades accionadas a pagarle dominicales y festivos, horas extras diurnas y nocturnas, las primas de servicios y navidad y las vacaciones causadas durante el tiempo que prestó sus servicios al Corpes de la Orinoquía; así como el auxilio de cesantía por todo el tiempo laborado, sus intereses, la indemnización por despido injusto, la indemnización moratoria y la indexación de las sumas respecto de las cuales fuera susceptible.

Informan los hechos que soportan las pretensiones enunciadas que el demandante estuvo vinculado al Corpes de la Orinoquía en la ciudad de Villavicencio, mediante la modalidad de contrato de prestación de servicios, del 1º de julio de 1995 hasta el 31 de diciembre de 1998, desempeñándose como conductor mensajero, dependiente directamente del Director Regional de Planeación.

Igualmente refieren que estaba sometido a un horario diario de 8:00 a.m. a 6:00 p.m., pero que además laboraba horas extras diurnas y nocturnas, festivos y dominicales por ser el conductor del director, que no le fueron cancelados durante la relación laboral.

También informan que a la fecha de su desvinculación percibía una remuneración mensual de $750.000.00 y que su vinculación se hizo mediante contratos de servicios u órdenes de servicios, que en realidad pretendían disfrazar su contrato laboral, toda vez que no tenía ningún tipo de autonomía, por cuanto debía estar disponible todo el tiempo dada su calidad de conductor .

RESPUESTA A LA DEMANDA

El apoderado de la Nación – Departamento Nacional de Planeación se opuso a las pretensiones de la parte actora aduciendo que no son ciertos los hechos relatados por ésta, ya que existió fue un contrato de prestación de servicios entre el señor S.J.A.S. y el Fondo de Inversión para la Orinoquía, sin ninguna subordinación ni dependencia con la Nación Departamento Nacional de Planeación. Por otra parte, propuso las excepciones de inexistencia de la relación laboral y prescripción.

DECISIONES...

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