Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 44839 de 10 de Diciembre de 2014
Sentido del fallo | INADMITE |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Fecha | 10 Diciembre 2014 |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Número de expediente | 44839 |
Número de sentencia | AP7606-2014 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
MAGISTRADO PONENTE
AP7606-2014
Radicado 44839
Aprobado en acta nº 428
Bogotá. D.C, diez (10) de diciembre de dos mil catorce (2014).
Decide la Corte si es admisible la demanda presentada por el defensor de Guillermo Martínez Castillo, contra la sentencia del 11 de junio de 2014 proferida por la Sala de Decisión del Tribunal Superior de Bogotá, mediante la cual confirmó la del Juzgado Cincuenta y Cinco Penal del Circuito Adjunto, que condenó al impugnante como autor del delito de estafa y falsedad en documento privado agravada por el uso.
HECHOS
Entre los meses de enero y febrero de 2004, después de algún tiempo de no verse, P.N.P.C. se reencontró en la ciudad de Bogotá con Guillermo Martínez Castillo, quien le solicitó un préstamo de veinticuatro millones de pesos, ofreciendo en garantía la hipoteca de un apartamento de su propiedad ubicado en la ciudad de Bogotá y una casa en el municipio de Puerto Inírida.
Debido a la amistad que los unía, P.N.P.R. le entregó 17 millones que el deudor respaldó con la hipoteca del 50% de un apartamento que se encontraba a nombre de sus hijas, una de ellas menor de edad, y 7 millones de pesos que el obligado garantizó con la hipoteca de una casa ubicada en Puerto Inírida, valor que el acreedor le entregó luego de que G.M.C. le presentara el certificado de la Oficina de Instrumentos Públicos en el cual constaba el registro de la hipoteca y el levantamiento de un embargo que pesaba sobre este último predio.
Luego de requerir insistentemente el pago de los siete millones de pesos y sus intereses y ante las múltiples evasivas, Pedro Nelson Pardo Rodríguez optó por cobrar judicialmente la deuda, percatándose que Guillermo Martínez Castillo no había levantado el embargo que pesaba sobre el inmueble y que por consiguiente la hipoteca a favor del acreedor que se suscribió el 13 de octubre de 2004 en la Notaría 65 del círculo de Bogotá, tampoco se había registrado.
ACTUACION PROCESAL
El 24 de mayo de 2007, la Fiscalía 141 seccional de Bogotá, abrió investigación penal contra Guillermo Martínez Castillo y ordenó su vinculación mediante diligencia de indagatoria, contra quien el 13 de junio de 2011 libró orden de captura.
El 4 de agosto de 2011 lo declaró persona ausente y le designó defensor de oficio, y el 21 de octubre del mismo año lo...
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