Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 43568 de 30 de Julio de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 552677434

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 43568 de 30 de Julio de 2014

Sentido del falloINADMITE
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Tunja
Número de expediente43568
Número de sentenciaAP4358-2014
Fecha30 Julio 2014
Tipo de procesoCASACIÓN
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

P.S.C.

Magistrada Ponente

AP4358-2014

R.icación n° 43568

Aprobado acta nº <243>

Bogotá, D.C., treinta (30) de julio de dos mil catorce (2014).

VISTOS

Con el fin de establecer si se reúnen las exigencias formales previstas en los artículos 205 y 212 de la Ley 600 de 2000, examina la Corte la demanda de casación discrecional presentada por el acusado H.H.H.A., actuando en nombre propio y en su condición de abogado titulado, en contra de la sentencia de segundo grado proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja (Boyacá), el 22 de noviembre de 2013, mediante la cual adicionó, modificó y confirmó la emitida el 20 de febrero del mismo año por el Juzgado Primero Penal del Circuito de esa ciudad, resultando condenado en definitiva a la pena principal de 17 meses de prisión y multa de 124 salarios mínimos legales mensuales vigentes, a la accesoria de inhabilitación de derechos y funciones públicas por el mismo término y al pago de perjuicios morales subjetivos por valor equivalente a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor de las víctimas J.d.C.B.O. y Alba Lucía V.S., como autor del delito de Injuria.

  1. HECHOS

En el fallo demandado fueron narrados de la siguiente manera:

En el mes de enero de 2005 se publicó el libro denominado “RETROSPECTIVA, COSTUMBRES, VERDADES Y CONCEPTOS” como producto de una entrevista o reportaje que le hiciera J.J.C.G. al exgobernador de B.H.H.H.A., ampliamente publicitado, pues el 5 de abril de 2005 se hizo su lanzamiento en la Gobernación de Boyacá en Tunja y en la casa de la Gobernación en Bogotá e incluso en mayo de 2005 en la columna de Juan Amarillo del diario El Tiempo, se conoció a nivel nacional su existencia.

En las respuestas a algunos de los interrogantes formulados, el doctor H.H.H.A. hizo algunas afirmaciones que J.d.C.B.O. y Alba Lucía V.S. consideraron atentatorias contra su integridad moral, por lo que formularon las respectivas querellas.

En las páginas 182 y 183 del mencionado libro se consignó lo siguiente:

“(…) Sobre campaña había llegado de la Embajada de Nicaragua, el Barón del Norte con ansias y aspiraciones de volver al Congreso, pero ningún grupo de los que estaban protagonizando en ese momento, lo aceptó por conocer el almendrón. Pero según informaba y aconsejaba don “M.V., su personal amigo, dizque venía tan “cargado de verdes”, que estaba dispuesto a obtener (sic) la curul al precio que fuera. Efectivamente, formó su propia lista y él mismo la encabezó y empezó a moverse con sus “verdes” como pez en el agua tras su presa. No hubo conciencia sin socavar. No hubo vallas morales o legales que no asaltaran. Definitivamente no hay nada más apetecido por el hombre que el poder, pero no hay nada más que lo corrompa tan rápido. El Delegado Departamental y no sé cuántos otros funcionarios y empleados, se corrompieron y se pusieron a la disposición de sus aspiraciones (…)”.

Esos términos los consideró atentatorios contra su integridad moral el doctor J.d.C.B.O., pues lo señalaban como una persona sin escrúpulos o de conductas inmorales en virtud a que a toda costa quería ser congresista; que formó su propia lista y que para ser elegido no tuvo conciencia alguna en socavar o derrumbar vallas morales y que incluso funcionarios de la época al parecer fueron corruptos con el propósito de favorecer su aspiración.

En la página 100 del libro respecto de Alba Lucía V.S., señaló lo siguiente:

“(…) Ejercía el cargo de Contralor un hombre inteligente, buen orador, más bien de origen popular y pobre, del Norte de Boyacá, si mal no recuerdo, de S.M., quien con mucho esfuerzo había optado el título de abogado. Se llama L.G.A.. Corrían especies subyacentes sobre los desfalcos continuados de la lotería de Boyacá, que ha sido una especie de “gallinita de uevos (sic) de oro para los ingresos departamentales”. Pero nadie se atrevía a denunciarlos, por faltas de pruebas. Obviamente el Contralor era su fiscal. La que más sabía de esas irregularidades era la diputada Alba Lucía Villarreal, y el contralor para sofocar cualquier escándalo, estableció relaciones románticas con ella, porque, decían, que si algo malo ocurría en la lotería, el fiscal, que era el Contralor tendría mucho que ver en eso. Las cosas siguieron latentes, pero se asomaban las ansiadas denuncias. Sólo cuando estableció que el Contralor, mantenía ardientes requiebros con una viuda otoñal y sensual que estaba muy cerca de él en la misma Contraloría, reventaron. Al llegar al conocimiento de la diputada Villarreal, todo se rompió como fina porcelana estrellada contra tosco muro de piedra: denuncias, debates, investigaciones, amenazas de muerte, autos de detención hasta que quedaron en las mazmorras los más comprometidos intelectual y materialmente, entre otros el Contralor sin que dejaran de estar incursos algunos jefes políticos y administradores públicos. Se descubrió un robo continuado sobre la lotería. Si de moraleja se tratara, tendríamos que aceptar que un ataque de celos patológicos es más letal que una bomba de hidrógeno (…).

La señora Villarrreal señala que es falso que tales relaciones existieran, menos que por esa circunstancia estuviera enterada de los cobros de la Lotería de Boyacá, y que esa relación inexistente finalmente se rompiera por celos, afirmaciones que considera atentatorias contra su patrimonio moral.

2. ACTUACIÓN PROCESAL

Recibida la querella del señor J.d.C.B.O., la Fiscalía Octava de la Unidad de Reacción Inmediata de Tunja (Boyacá) ordenó adelantar una investigación previa, al cabo de la cual decretó la apertura de la instrucción el día 18 de septiembre de 2005 en contra de JAIME JULIO CHAPARRO GALÁN y H.H.H.A.. Luego de una fallida conciliación dispuso vincularlos a la investigación mediante indagatorias, diligencias surtidas los días 23 de agosto y 23 de noviembre, respectivamente.

A dicha instrucción se anexaron las que se tramitaban en contra de los mismos ciudadanos por las querellas elevadas por Alba Lucía Villarreal y J.B.P.R..

Clausurada la investigación, la Fiscalía 18 Seccional de Tunja profirió resolución de acusación el día 25 de junio de 2009 contra H.H.H.A. en calidad de presunto autor y responsable de un concurso de delitos de Injuria y Calumnia; en tanto dispuso la preclusión de la investigación en relación con JAIME JULIO CHAPARRO GALÁN, por muerte.

Surtido el recurso de apelación interpuesto en contra de dicha decisión, la Unidad de Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior de Tunja, en resolución del 28 de septiembre de 2009 dispuso la preclusión de la investigación a favor de H.A. por todos los delitos de calumnia que le habían sido imputados y por el delito de injuria querellado por J.B.P.R.. Quedó en firme, entonces, la resolución de acusación por el delito de Injuria del que fueron víctimas J.d.C.B.O. y Alba Lucía V.S..

La fase del juicio fue culminada con sentencia emitida el día 20 de febrero de 2013 por el Juzgando Primero Penal del Circuito de Tunja (Boyacá), declarando la responsabilidad penal del acusado y condenándolo a la pena principal de 17 meses de prisión, a la accesoria de inhabilitación de derechos y funciones públicos por el mismo término y al pago de perjuicios a favor de las víctimas en valor equivalente a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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