Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 65476 de 18 de Junio de 2014
Sentido del fallo | INADMITE RECURSO DE CASACIÓN |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Bogotá |
Número de expediente | 65476 |
Número de sentencia | AL3340-2014 |
Fecha | 18 Junio 2014 |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
Impedimento DR. G.L.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
Magistrado Ponente
AL3340-2014
Rad. No. 65476
Acta No. 21
Bogotá D.C., dieciocho (18) de junio de dos mil catorce (2014).
Decide la Corte sobre la admisibilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto por el apoderado de la demandante LIDA GARCÍA REYES, contra la sentencia del 15 de diciembre de 2011, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el proceso ordinario seguido por la recurrente contra la sociedad DMG FASHION S.A. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL.
ANTECEDENTES
En lo que interesa para los efectos de la presente decisión, baste decir que la demandante inició proceso ordinario laboral contra la sociedad DMG FASHION S.A. En Liquidación Judicial, con la finalidad de obtener, previa declaración de la existencia de un contrato de trabajo entre las partes, desde el 16 de junio de 2008 hasta el 30 de enero 2009, condena al pago de salarios, vacaciones, prima legal, cesantías e intereses a las cesantías, junto con su sanción por su no pago oportuno y la indemnización moratoria por la no consignación oportuna del auxilio de cesantías, indemnización por despido sin justa causa y la sanción moratoria de que trata el artículo 65 del C.S.T. y lo extra y ultra petita.
Correspondió el conocimiento del proceso al Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de Bogotá, el cual, remitió por descongestión al Juzgado Adjunto a dicho despacho, quien, mediante sentencia del 16 de noviembre de 2011, declaró la existencia del contrato y condenó a la demandada a pagar a la demandante las siguientes sumas y por los siguientes conceptos:
ACREENCIAS LABORALES |
|
CONCEPTO |
VALOR ADEUDADO |
SALARIOS |
$4.500.000 |
CESANTÍA |
$1.125.000 |
INTERESES A LA C. |
$ 64.875 |
COMPENSACIÓN VACACIONES INDEX |
$ 560.000 |
PRIMA |
$1.050.000 |
INDEMNIZ .X TERMIN UNILAT. |
$1.800.000 |
INDM.MORATORIA... |
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba