Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 45410 de 30 de Noviembre de 2016
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Número de sentencia | STL17842-2016 |
Número de expediente | T 45410 |
Fecha | 30 Noviembre 2016 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
Magistrado ponente
STL17842-2016
Radicación n.° 45410
Acta 45
Bogotá, D. C., treinta (30) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
Resuelve la Corte la acción de tutela instaurada por GERARDO CHACÓN ORDÓÑEZ contra COLPENSIONES y la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, trámite extensivo al Juzgado Doce Laboral del Circuito de la mencionada ciudad, así como a las partes e intervinientes dentro del proceso ordinario radicado n°.2014-005.
El accionante fundó el presente amparo en los siguientes hechos:
Que nació el 10 de marzo de 1938, por lo que el 10 de marzo de 1998 cumplió 60 años de edad, requisito exigido por el artículo 12 del Decreto 758 de 1990 para el reconocimiento de la pensión de vejez; que el 25 de noviembre de 2002 solicitó al Instituto de Seguros Sociales, hoy Colpensiones el reconocimiento y pago de dicha prestación, petición que le fue negada el 30 de julio de 2003 con el argumento de no reunir el número de semanas cotizadas exigidas, por lo que interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación, siendo resueltos desfavorablemente mediante las Resoluciones n.° 014115 y 00445, del 10 de abril de 2006 y 2 de marzo de 2007, respectivamente.
Que ante el Juzgado Doce Laboral del Circuito inició proceso ordinario laboral contra Colpensiones para obtener la pensión negada en la vía gubernativa, despacho que por sentencia del 22 de enero de 2015 declaró que el actor es beneficiario del régimen de transición y condenó a la demandada al pago de la prestación pretendida a partir del 19 de diciembre de 2010, decisión que al ser apelada, fue revocada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, para en su lugar absolver a la parte pasiva de las pretensiones incoadas en su contra, mediante sentencia del 26 de febrero de 2015.
Que fue diagnosticado con un «tumor maligno de estómago parte no especificada, que implicó la extracción total de su estómago».
Por lo anterior, solicitó el amparo de su derecho fundamental al debido proceso, y en consecuencia, se revoque la sentencia proferida por el juez plural accionado, para que en su lugar se reconozca y pague la pensión de vejez pretendida.
Mediante auto del 23 de noviembre del 2016, esta Sala asumió el conocimiento y ordenó comunicar a la autoridad judicial accionada y a los vinculados al presente amparo, para que ejercieran su...
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