Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002017-01298-00 de 25 de Mayo de 2017
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Número de sentencia | STC7319-2017 |
Número de expediente | T 1100102030002017-01298-00 |
Fecha | 25 Mayo 2017 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
ARIEL SALAZAR RAMÍREZ
Magistrado ponente
STC7319-2017
Radicación n. 11001-02-03-000-2017-01298-00
(Aprobado en sesión de veinticuatro de mayo de dos mil diecisiete)
Bogotá, D. C., veinticinco (25) de mayo de dos mil diecisiete (2017).
Decide la Corte la acción de tutela promovida por H.G.P. contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca; actuación a la cual se ordenó vincular a la Sala de Casación Penal de esta Corporación, a los Juzgados 1º Penal del Circuito Especializado de Cundinamarca y 11 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, así como a las partes e intervinientes en el proceso objeto de la queja constitucional.
I. ANTECEDENTES
A. La pretensión
El tutelante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso (presunción de inocencia), defensa y “libre” administración de justicia, por considerarlos vulnerados por la autoridad judicial accionada, al revocar la sentencia absolutoria proferida en sede de primera instancia a su favor y, en su lugar, declararlo responsable de los delitos de hurto calificado y agravado, en concurso heterogéneo con tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, agravado y tráfico, fabricación o porte ilegal de armas de fuego, pese a que el único cargo que aceptó, fue el primero, pues no existen pruebas que acrediten que él conocía de la existencia del alcaloide y el revólver hallados por la policía en el interior del vehículo sustraído.
Pretende, en consecuencia, que se disponga «…la anulación de todo lo actuado y señalar los parámetros dentro de los cuales se deberá proferir la nueva decisión acorde con los derechos fundamentales vulnerados.» [Folios 1-7, c.1]
B. Los hechos
1. El 3 de junio de 2011, ante el Juzgado Promiscuo de Yacopí (Cundinamarca), se llevaron a cabo las audiencias preliminares concentradas de legalización de captura, formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario, en contra del accionante, como presunto co autor de los delitos de hurto calificado y agravado, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, agravado y tráfico, fabricación o porte ilegal de armas de fuego. El procesado no admitió su responsabilidad en los hechos.
2. El 12 de agosto del mismo año, la Fiscalía 27 adscrita a la Unidad Nacional Antinarcóticos y de Interdicción Marítima – UNAIM, presentó escrito...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba