Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 57051 de 18 de Diciembre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691815397

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 57051 de 18 de Diciembre de 2014

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha18 Diciembre 2014
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 57051
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Ibagué
Número de sentenciaSTL17491-2014
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Radicación n.° 57051


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



CLARA C.D.Q.

Magistrada ponente


STL17491-2014

Radicación n.° 57051

Acta extraordinaria 115


Bogotá, D.C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil catorce (2014).


Decide la Corte la impugnación presentada por FLOR Á.G.V., contra el fallo proferido por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ, dentro de la acción de tutela que instauró contra LA NACIÓN - MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, trámite al cual fue vinculado el FONDO NACIONAL DE VIVIENDA - FONVIVIENDA.


  1. ANTECEDENTES


FLOR Á.G.V., instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales de PETICIÓN y VIVIENDA DIGNA, presuntamente vulnerados por las autoridades accionadas.


Refiere la petente que es víctima del desplazamiento forzado por el «conflicto interno del país», razón por la cual tiene derecho todas las ayudas humanitarias de rigor y específicamente al auxilio de vivienda que otorga el Estado; sin embargo, no se ha visto beneficiada por el gobierno, pese a su condición vulnerable.


Afirma que desde el año 2007 no hay convocatorias para designar el referido auxilio y que en repetidas ocasiones ha presentado derecho de petición ante el Ministerio accionado, a fin de obtener el reconocimiento del subsidio de vivienda, pero que aquél «[le] da una serie de cátedras, pero en sí no [le] da solución alguna»


Por lo anterior, solicita el amparo de sus derechos fundamentales y, como consecuencia de ello, solicita le sea otorgado el componente del subsidio de vivienda a que tienen derecho las personas desplazadas y, subsidiariamente, se le seleccione como adjudicataria de una de las 1.100 viviendas a ser entregadas en Ibagué.


  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


Mediante proveído del 3 de octubre de 2014, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, admitió la acción de tutela, ordenó notificar a la autoridad accionada y vinculó al trámite al Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, a fin de que se pronunciaran respecto a los hechos expuestos en ella.


Al interior del trámite, se recibió respuesta de La Nación - Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio quien solicitó denegar la presente acción por cuanto no ha vulnerado el derecho de petición y existe falta de legitimación en la causa por pasiva, toda vez que, no le corresponde coordinar, asignar y/o rechazar las solicitudes presentadas en los referente a los subsidios familiares de...

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