Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002015-01113-01 de 20 de Agosto de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 691891637

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002015-01113-01 de 20 de Agosto de 2015

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Fecha20 Agosto 2015
Número de sentenciaSTC11064-2015
Número de expedienteT 1100102040002015-01113-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL



ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Magistrado ponente


STC11064-2015

R.icación n.°11001-02-04-000-2015-01113-01

(Aprobado en sesión de diecinueve de agosto de dos mil quince)


Bogotá, D. C., veinte (20) de agosto de dos mil quince (2015)


Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo de tutela proferido el veinticuatro de junio de dos mil quince por la Sala de Casación Penal de esta Corporación, en la acción de tutela promovida por R.D.L.S., contra el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de B. y la Fiscalía Séptima Especializada UNCBE-BACRIM de Bogotá, actuación a la que se ordenó vincular a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B., los Juzgados Primero Penal del Circuito Especializado y Primero Penal Municipal con Función de Control de Garantías Ambulante de esa ciudad, y a las partes e intervinientes del proceso objeto de reclamo constitucional.


I. ANTECEDENTES


A. La pretensión


El peticionario solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y libertad, que considera vulnerados por las autoridades accionadas porque el proceso se ha dilatado y su detención se ha prolongado excesivamente.


En consecuencia, pretende que se decrete su libertad, que los entes de control se pronuncien sobre las irregularidades presentadas y se le brinden las garantías necesarias para continuar ejerciendo su trabajo comunal y sindical [Folios 6 y 7, c. 1]


B. Los hechos


1. En contra del peticionario y de otras personas fue iniciada una investigación penal por la presunta comisión de los delitos de concierto para delinquir con fines de narcotráfico en concurso con apoderamiento de hidrocarburos.


2. El 16 de febrero de 2012 ante el Juzgado Primero Penal Municipal con Función de Control de Garantías Ambulante de B. se llevaron a cabo las audiencias preliminares concentradas, en donde la Fiscalía Séptima Especializada UNCBE-BACRIM de Bogotá imputó los referidos delitos al accionante y el despacho decretó medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario.


3. Presentado el escrito de acusación, la actuación le correspondió al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado con Funciones de Conocimiento de B.. Sin embargo, por el oficio de 16 de mayo de 2012, remitió el expediente al Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado con Funciones de Conocimiento de esa misma ciudad por la conexidad decretada en dicho despacho.


4. El 6 de marzo de 2013 ante el Juzgado Décimo Penal con Función de Control de Garantías de B. se llevó a cabo la audiencia de revocatoria de medida de aseguramiento propuesta por la defensa del ahora accionante, la que fue denegada y frente a la que no interpuso recurso alguno.


5. El 22 de abril siguiente ante el Juzgado Tercero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de esa ciudad fue denegada la solicitud de libertad por vencimiento de términos propuesta por el accionante, decisión conformada por el Juzgado Octavo Penal del Circuito del mismo lugar.


6. Agotadas las audiencias de acusación y preparatoria, el 5 de junio de 2013 se dio inicio a la audiencia de juicio oral, la que aun no se ha terminado.


7. El 20 de febrero de 2014 la apoderada del peticionario insistió en la solicitud de revocatoria o sustitución de la medida de detención preventiva ante el Juzgado Catorce Penal Municipal con Función de Control de Garantías, pero la misma fue negada. Asimismo fueron denegadas las solicitudes de revocatoria y sustitución de la medida de detención preventiva el 23 de septiembre de 2014 y 13 de febrero de 2015, sin ser recurridas.


8. El peticionario ha formulado distintas solicitudes para que se realice la audiencia de sustitución o revocatoria de medida de aseguramiento, pero las mismas no se han adelantado por la...

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